Despido nulo – Guía 2024

Conoce aquí en que situaciones un juez califica o tipifica el despido como un despido nulo. Además de explicarte los motivos y causas de nulidad, también detallamos sus efectos, derechos del trabajador, etc. Recuerda que el tipo de despido lo califica la empresa cuando te lo presenta y luego, al no estar conforme, siempre puedes llevar el caso a los tribunales; es en este momento, que la justicia declarará el despido como procedente, improcedente o bien un despido nulo.

Despido nulo

¿Qué es un despido nulo?

Se trata de una tipificación o determinación de un despido, que un juez decide en base a los hechos y pruebas proporcionadas por motivos de discriminación o vulneración de los derechos fundamentales. En este caso, la ley es muy clara en los casos de considerar un despido como nulo y así habilitar la readmisión del trabajador.

Recuerda que la empresa puede despedirte básicamente por dos tipos de despido:

Si ante el despido, tu como trabajador no estas conforme, siempre puedes llevar o denunciar el despido por vía judicial; dentro de los tiempos fijados por ley (antes de los 20 días hábiles). En este caso, será un juez quien al final califique el despido como:

  • Despido procedente: Cuando el despido cumple con la ley y los motivos y casusas son claras para despedir al trabajador.
  • Improcedente: Si no se han cumplido los pasos de trámite para el despido o bien las causas no están claras; en este caso, el juez lo declararía como improcedente con las opciones de reincorporación o bien una indemnización más alta de la inicial.
  • Despido nulo: Ahora veremos las causas para esta calificación.

Motivos para declarar un despido nulo

Aquí te detallamos las causas o motivos que un juez puede argumentar para declarar un despido como nulo:

  • Por discriminación al trabajador.
  • Si se han vulnerado los derechos fundamentales y libertades públicas al trabajador afectado.
  • Cuando se despida a un trabajador o trabajadora en situación de baja por maternidad, riesgo durante el embarazo, en la lactancia natural, por enfermedades derivadas del embarazo, parto o lactancia, adopción, acogimiento o paternidad.
  • Si se despide a una trabajador embarazada; desde el inicio del mismo hasta todo el periodo de maternidad. La persona no tiene porque comunicar a la empresa de su embarazo.
  • Despido a un trabajador o trabajadora con permisos de reducción de jornada por lactancia, por hijo recién nacido y hospitalizado o por guarda legal.
  • Si se despide a un trabajador que haya solicitado o tenga aceptada una excedencia por cuidado de un hijo.
  • Si te despiden y eres una trabajadora víctimas de violencia de género por usar su derecho a la reducción o reordenación de la jornada laboral, a la movilidad geográfica, al cambio de trabajo o a la suspensión de la relación laboral.
  • Si te has reincorporado al puesto de trabajo después de una baja por maternidad, adopción, acogida o paternidad; si no han pasado 9 meses desde la fecha de nacimiento, adopción o acogida.
  • Despido de trabajadores en un despido colectivo o ERE cuando haya defectos legales en los trámites de este tipo de despido; por razones de no haber articulado los periodos de consultas con los trabajadores, no haber entregado la documentación exigida, no se tenga la autorización judicial en el caso de empresas en concurso u otros motivos que afecten a los derechos de los trabajadores.

Estos son los motivos o causas por las que un juez puede declarar un despido como nulo; salvo que la empresa pueda ser capaz de demostrar que las causas del despido son reales y lo suficientemente objetivas y claras.

Por ejemplo; no por el hecho de estar embarazada puedes pensar que que no puedes ser despedida, igual pasa cuando tienes reducción de jornada por motivos comentados anteriormente; si hay motivos disciplinarios para despedirte ,el juez puede ver un despido procedente.

Efectos de un despido nulo

Ante un despido declarado como nulo, te explicamos que consecuencias tiene:

Readmisión

El primero de los efectos de declarar un despido como nulo es la readmisión o readmitir al trabajador en el mismo puesto de trabajo y con las condiciones que tenía.

Abono de los salarios de tramitación

Además, la empresa o empresario debe pagar al trabajador los salarios no satisfechos desde el día de despido hasta la readmisión. Al declarar como nulo el despido, es como si el trabajador hubiera estado trabajando esos días, luego, debe cobrarlos y aunque no los haya trabajado de forma efectiva, no deberá recuperarlos.

Mientras el trabajador haya estado en situación de desempleo, seguramente haya recibido las prestaciones por desempleo; luego la empresa pagará al trabajador el salario restando la cantidad del paro que haya recibido el trabajador; esta parte la empresa deberá devolverla al Servicio de Empleo Público.

Si el trabajador ha trabajado durante el proceso o los trámites del despido, la empresa podrá descontar de los salarios de tramitación el salario recibido; con lo que puede abonar la parte que falta o descontar del sueldo al trabajador por esos días del proceso de despido.

Indemnización por daños y perjuicios

A priori, en una declaración de un despido nulo; no se aplica ninguna indemnización al trabajador; el efecto inmediato es la reincorporación al puesto. En cualquier caso, el trabajador en la demanda judicial que haya interpuesto, siempre puede solicitar una indemnización por los daños y perjuicios en su persona; por haberse visto obligado a no poder pagar pagos con los bancos, perdida de alguna propiedad, etc.

Si la persona decide solicitar esta indemnización, hay que pensar que deberá probar que su despido ha tenido unas causas o perdidas por esta razón.

Cuando no es posible la readmisión

No en todos los casos es sencillo y clara la readmisión de un trabajador en un despido declarado como nulo. Veamos en que situaciones:

  • Por cese de actividad: Aún habiendo declarado un despido nulo, el cierre o cese de actividad de la empresa, el trabajador no puede ser readmitido. En este caso, el trabajador recibirá el salario de tramitación y una indemnización equivalente a un despido improcedente.
  • Casos de víctimas de violencia de género, acoso laboral, sexual o por motivos de sexo: En estas situaciones, el trabajador o trabajador despedido inicialmente puede elegir no reincorporarse al trabajo y cerrar esta etapa laboral con la empresa. En este caso, la persona afectada recibe igualmente los salarios de tramitación y una indemnización como de un despido improcedente se tratara.

Ejemplos de despidos nulos

Ignacio está bajo el paraguas de un contrato temporal en fraude de ley y decide demandar a la la empresa porque debería ser ya un contrato indefinido. En este momento, la empresa tras la recepción de la demanda decide despedir al trabajador.

En este caso, un juez puede declarar como nulo el despido ya que la empresa puede haber vulnerado el derecho de demanda que tiene en este caso Ignacio. La empresa no puede tomar represalias con el trabajador.

Otro ejemplo es; Mónica está embarazada y nadie lo sabe. La empresa lo comienza a sospechar y acaba despidiéndola por una bajada en su rendimiento. En esta situación la empresa deberá demostrar muy bien esta bajada y que nada tiene que ver con el embarazo; de lo contrario, será un despido nulo.

Otras preguntas

¿Puede la empresa o empresario recurrir la sentencia del juez?

Si, la empresa o empresario siempre pueden recurrir la sentencia, de todas maneras, mientras haya el recurso, la empresa debe readmitir al trabajador. La empresa siempre puede aceptar que el trabajador vuelva a su puesto de trabajo o indicarle que no vaya, pero siempre debe pagarle el salario como si estuviese trabajando.

¿Si me reincorporo, qué sucede con la indemnización que haya recibido?

Si el trabajador ya ha recibido una indemnización por un despido objetivo y el despido es declarado como nulo; en la reincorporación esta indemnización debe devolverse a la empresa. La empresa debe también pagarle el salario sobre los días que no haya trabajado desde la comunicación hasta la reincorporación; en esta situación y en muchos casos, el ajuste económico entre empresa y trabajador es mínimo.

¿Qué sucede si el trabajador despedido ya está trabajando en otra empresa?

Puede suceder que la persona que fue despedida, después de haber declarado que el despido fue nulo, la persona puede ya estar de nuevo trabajando en otra empresa. En estos casos:

  • El trabajador puede dejar el nuevo trabajo y reincorporarse al anterior.
  • O decidir continuar en la nueva, con lo que sería una baja voluntaria de la antigua empresa con el cobro de los salarios de trámite que puedan corresponder.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández