ERE (Expediente de Regulación de Empleo) o Despido Colectivo – Guía 2024

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es una herramienta o trámite laboral que permite a las empresas adelgazar, ajustar o reducir su plantilla en causas bien justificadas por crisis en la actividad y sector, etc. Aquí veremos los diferentes tipos de ERE existentes y nos centraremos en el detalle del ERE de extinción o lo que es lo mismo, el despido colectivo.

ERE de extinción o despido colectivo

¿Qué tipos de ERE hay: de Extinción, Suspensión y Reducción?

En una situación de crisis global, estatal o sectorial, las empresas se ven en la necesidad de ajustar o reducir sus plantillas por esta causa de crisis si quieren continuar. Ante esto, las empresas pueden optar por plantear diferentes escenarios que van desde el despido colectivo hasta regulaciones del empleo con carácter temporal o en la misma jornada laboral (los conocidos como ERTE). Veamos un breve resumen de los tipos de ERE y ERTE:

ERE de extinción

En este caso, la empresa se plantea la reducción definitiva de la plantilla a través de un despido colectivo; es el cese de los contratos de trabajo para los empleados afectados. Analizaremos este ERE más adelante.

ERE de suspensión

Para esta situación, la empresa plantea establecer un nuevo calendario laboral para los trabajadores o parte de ellos. Se marcan unos días de suspensión en los que no habrá actividad laboral; en estos días el trabajador no puede ir a trabajar, son días libres no remunerados. Este caso también lo podemos conocer como un ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal).

ERE de reducción

Aquí, en este ERE también se plantea un nuevo calendario laboral o mejor dicho, se establece una nueva jornada laboral para determinados días de la semana o la semana entera. En esta situación, la actividad se mantiene pero con menos horas trabajadas y con el ajuste en sus salarios. Al igual que en el anterior tipo, también podemos conocerlo como un ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal).

ERE de extinción o Despido Colectivo

Se trata de un despido que afecta a un número relevante y mínimo de empleados de la empresa; es un despido colectivo. Cuando se llega a ese umbral mínimo de empleados, en función del tamaño de la empresa en cuanto a trabajadores, se articula este despido o ERE de extinción.

Cualquier empresa o empresario puede tomar la decisión de iniciar un proceso o trámite de ERE en la empresa sin necesidad de ser autorizado por la administración. Antes, si era necesario esta autorización para poder ejecutar un despido colectivo. Ahora este control sobre si las causas o motivos del ERE son correctas, recae sobre los tribunales; en el caso en que los trabajadores, representantes o la propia autoridad laboral impugnen el expediente.

¿Cuándo la empresa puede iniciar un despido colectivo o ERE?

Una empresa puede llevar a cabo un despido colectivo (extinción de contratos de trabajo) alegando motivos económicos, técnico, organizativos o de producción cuando estos le afectes en un periodo de al menos 90 días y tenga una afectación de:

  • Al menos diez trabajadores, para las empresas de menos de cien trabajadores.
  • Si hay afectación de al menos el 10 por ciento de los trabajadores de la empresa; cuando esta tiene una plantilla entre cien y trescientos empleados.
  • Cuando la afectación es de treinta trabajadores; para empresas con tamaño mayor a trescientos empleados.

El despido colectivo está regulado en el artículo 51 de los Estatutos de los trabajadores.

Causas económicas

La empresa puede alegar causas económicas para el ERE cuando los resultados económicos de la empresa denoten una situación u orientación negativa; perdidas contrastadas notables y reales o previstas, minoración de los ingresos o ventas. Se considera una situación negativa persistente cuando en tres trimestres consecutivos los niveles de ingresos o ventas en cada uno de los trimestres es inferior al registrado al mismo periodo del año anterior.

Causas técnicas

En este caso, la empresa alegaría cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de producción.

Causas organizativas

Sería causas que deriven en cambios significativos en los métodos de trabajo del personal o la organización productiva.

Causas productivas

Cuando suceden causas demostrables que afectan a la demanda de los productos o servicios que la empresa está comercializando y gestionando.

Proceso en el ERE de extinción o despidos colectivos

El procedimiento para la ejecución de un despido colectivo esta regulado en el artículo 51 del Estatuto de loa Trabajadores y en el Real Decreto 1483/2012 del 29 de octubre (regula el reglamento de los ERE).

Para su trámite y proceso, el iniciar o llevar a cabo un despido colectivo contempla:

  • Apertura y habilitación de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.
  • Presentación de una memoria explicativa y lo suficientemente detallada para explicar las causas de los despidos.
  • Preparar la documentación contable fiscal e informes técnicos.

Como hemos comentado anteriormente, no es necesaria ninguna autorización, tal y como pasaba antes, de la administración para iniciar el proceso de un despido colectivo.

Derechos de los trabajadores afectados por un ERE de extinción

Estos trabajadores implicados en un despido colectivo o ERE tienen los siguientes derechos:

  • Pueden solicitar o acceder, siempre que hayan cotizado lo suficiente y cumplan con los requisitos, a una prestación por desempleo.
  • Tienen derecho a recibir una indemnización por el despido; como mínimo de 20 días por año trabajado y con un tope máximo de 12 mensualidades.
  • Derecho a impugnar en los tribunales el despido; a través de sus representantes sindicales como a título personal.
  • Participar en un plan de recolocación; a través de una agencia externa para mejorar las opciones de encontrar un nuevo empleo.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

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Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández
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