Deducciones fiscales para autónomos: lo que debes saber para la declaración de Renta

Fecha de publicación: 15/03/2023 - 08:59 amAutor: Anna Rodríguez Fernández

La Agencia Tributaria ha anunciado las nuevas deducciones fiscales que se aplicarán en la próxima declaración de la Renta 2023. A medida que se acerca el inicio de la campaña de la Renta, los trabajadores autónomos están organizando sus cuentas, ingresos y facturas para presentar su declaración de impuestos. La campaña comenzará el 11 de abril de 2023 y los trabajadores por cuenta propia deberán presentar su borrador de la Renta a través de Renta WEB por Internet, aunque también podrán hacerlo por teléfono o de manera presencial en la Agencia Tributaria.

Nuevas deducciones para autónomos para la Renta 2023

Entre las novedades fiscales de este año se encuentra la reducción del impuesto de sociedades del 25% al 23% para los autónomos con una facturación inferior a un millón de euros. Además, desde enero se ha establecido la obligatoriedad de la facturación electrónica para aquellos que tienen beneficios superiores a los 8 millones de euros al año. También se ha simplificado el proceso de recuperación del IVA de las facturas impagadas, lo que significa que ya no es necesario acudir a la vía judicial.

Guía completa de los gastos que podrás deducir en la declaración de la Renta 2023 siendo autónomo

Antes de profundizar en el tema de los gastos deducibles para autónomos, es importante entender en qué consisten. Básicamente, los gastos deducibles son aquellos costos que los trabajadores autónomos pueden restar de sus ingresos a efectos fiscales en la declaración de la Renta. No obstante, para que un gasto pueda considerarse deducible, es necesario que cumpla con ciertas condiciones, tales como:

  • Estar directamente relacionado con la actividad empresarial que se está llevando a cabo.
  • Tener una justificación documental adecuada, normalmente a través de una factura.
  • Ser registrados correctamente en el libro contable del trabajador autónomo.

Según establece la Agencia Tributaria, los gastos deben estar relacionados directamente con la actividad empresarial, justificarse mediante facturas y registrarse en el libro contable. Los gastos deducibles que se han dado a conocer son:

  • Cuotas mensuales de cotización a la Seguridad Social.
  • Sueldos de los empleados.
  • Gastos de explotación diarios necesarios para llevar a cabo la actividad.
  • Gastos de conservación y reparación.
  • Costos relacionados con los trabajadores, como seguros, indemnizaciones o regalos.
  • Alquiler de local, oficina y vehículos de empresa en renting.
  • Gastos externos de gestoría o asesoría.
  • Todos los servicios externos contratados para llevar a cabo el trabajo.
  • Impuestos deducibles como el IBI o el IAE.
  • Seguros médicos, tanto del autónomo como de los familiares a cargo menores de 25 años.
  • Comidas en concepto de dietas hasta un máximo de 26,67 euros diarios o 48,08 euros en el extranjero.
  • Gastos de formación y de inversión para mejorar la actividad laboral.
  • Suministros del local, oficina o establecimiento, incluyendo Internet, teléfono, electricidad o agua si la casa es el centro de trabajo de actividad.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

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Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández