Generalitat de Catalunya abre el plazo para solicitar las ayudas al alquiler a jóvenes hasta los 35 años

Fecha de publicación: 11/03/2024 - 02:02 pmAutor: Anna Rodríguez Fernández

Descubre todo lo que necesitas saber sobre la ayuda al alquiler para jóvenes en Cataluña. Esta subvención está diseñada para facilitar el acceso y permanencia en una vivienda en régimen de alquiler para aquellos en riesgo de exclusión social.

Nuevas ayudas al alquiler para jóvenes en Catalunya 2024

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¿Quiénes pueden solicitarla?

La ayuda está dirigida a personas jóvenes de hasta 35 años que sean titulares de un contrato de alquiler en Cataluña y cumplan con los requisitos establecidos en las convocatorias.

¿Cuál es el plazo de solicitud de esta ayuda en 2024?

El plazo para presentar las solicitudes es del 11 de marzo al 12 de abril de 2024.

¿Cuál es la cuantía de esta ayuda al alquiler?

La ayuda económica estará entre los 20 euros mínimo y los 250 euros mensuales, en función de la situación económica del solicitante.

Pago de la ayuda al alquiler

El pago de la subvención está sujeto a las disponibilidades presupuestarias establecidas en la convocatoria y a la condición de que la Agencia de la Vivienda de Cataluña tenga constancia de que el beneficiario está al corriente de pago de los recibos de alquiler o cesión. Este pago se realiza mediante la presentación de los recibos en los siguientes períodos:

  • Los recibos de enero a septiembre deben ser justificados antes del 29 de noviembre de 2024.
  • Los recibos de octubre a diciembre deben ser justificados como máximo antes del 28 de febrero de 2025.

El pago de la subvención se realiza a través de una entidad financiera y puede ser abonado directamente al beneficiario o, si se autoriza expresamente, a la persona que presta un servicio de tutela o mediación, siempre y cuando se ceda este derecho a su favor.

Requisitos para solicitar la ayuda al alquiler para jóvenes

Este es el detalle de los requisitos exigidos para solicitar esta ayuda al alquiler.

  • Residencia Legal en Cataluña: Los solicitantes deben tener residencia legal en Cataluña.
  • Edad: La edad máxima para solicitar la ayuda es de 35 años, incluidos, en el momento de la publicación de la convocatoria (26/02/2024).
  • Ingresos Económicos:
    • La unidad de convivencia debe tener una fuente regular de ingresos para poder pagar el alquiler.
    • Las rentas anuales de la unidad de convivencia no deben superar 3,05 veces el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC) del año 2022 (24.301,58 €).
  • Contrato de Alquiler o Cesión de Uso:
    • Ser titular de un contrato de alquiler o cesión de uso de la vivienda o habitación que sea su domicilio habitual y permanente. Es necesario estar empadronado en el momento de presentar la solicitud.
    • El contrato de arrendamiento debe cumplir con los términos establecidos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, e incluir el pago de la fianza al arrendador.
  • Precio del Alquiler:
    • El importe mensual del alquiler o cesión no debe superar ciertos límites, que varían según la ubicación y las características del inmueble.
      • Para Barcelona y su zona metropolitana, el límite de ámbito metropolitano el precio del alquiler no puede superar los 950 euros para una vivienda y los 450 euros para el alquiler de una habitación.
      • Para el resta de la demarcación de Barcelona y toda la provincia de Girona, no se podrá superar los 650 euros en vivienda y los 350 euros para habitaciones.
      • Para el caso de la provincia de Tarragona, Lleida y Terres de l’Ebre; los límites están en 600 y 300 euros por habitación al mes.
    • Para familias numerosas, monoparentales y unidades de convivencia con miembros con discapacidad legalmente reconocida, se aplican importes máximos específicos.
  • Forma de Pago:
    • El pago del alquiler debe realizarse a través de transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por el administrador de la finca, al momento de presentar la solicitud.
  • Otros Requisitos:
    • Domiciliar el cobro de la subvención en una entidad financiera.
    • Estar al corriente de pago de las rentas en el momento de presentar la solicitud.
    • Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social.
    • No estar sujeto a prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones según lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y no haber sido objeto de revocación de algún beneficio de acuerdo con disposiciones anteriores.

Estos requisitos garantizan que los solicitantes cumplan con las condiciones necesarias para acceder a la ayuda al alquiler en Cataluña.

Documentación requerida para solicitar esta ayuda al alquiler

Para facilitar el proceso de solicitud y garantizar la eficiencia en la gestión de las subvenciones, es importante contar con la documentación adecuada. A continuación, se detalla la documentación necesaria para acreditar los requisitos establecidos en las convocatorias:

  1. Documentos de Identidad:
    • Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.
    • Para ciudadanos de la Unión Europea, el certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea vigente.
    • Para extranjeros no comunitarios, el Número de Identificación de Extranjero (NIE) y la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
  2. Certificado o Volante de Convivencia:
    • Documento que acredite el domicilio de la persona solicitante y de las personas que conforman su unidad de convivencia, con la fecha de alta en el padrón municipal.
  3. Justificación de Ingresos:
    • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al periodo impositivo inmediatamente anterior con plazo de presentación vencido en la fecha de solicitud, tanto para la persona solicitante como para cada miembro de la unidad de convivencia en edad laboral.
    • Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) o certificado equivalente de las pensiones o ayudas exentas de tributación.
    • En el caso de trabajadores del hogar, certificado de ingresos y vida laboral.
  4. Libro de Familia:
    • Se requiere en los casos que proceda.
  5. Contrato de Alquiler o Cesión de Uso:
    • El contrato debe estar a nombre de la persona solicitante e incluir el cumplimiento de la obligación del arrendatario respecto al pago de la fianza al arrendador.
  6. Documentos Adicionales:
    • En caso de que el alquiler de la habitación lo realice el arrendatario de la vivienda, se necesita el consentimiento escrito del arrendador.
    • En situaciones específicas, como cuando la persona solicitante sea el cónyuge del titular del contrato de alquiler, se deben aportar documentos adicionales que acrediten la situación.
    • Para mujeres víctimas de violencia de género, se requiere documentación que justifique esta condición, de acuerdo con la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    • Todos los recibos de alquiler o cesión correspondientes al año 2024 pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud, con los detalles pertinentes.
    • Formulario normalizado con los datos bancarios de la cuenta donde se realizará el ingreso de la subvención.
    • Documentación que acredite la condición de joven extutelado/a.
    • Documentación que demuestre el cumplimiento de las condiciones para estar sujeto al Plan de Protección Internacional en Cataluña, según el Acuerdo de Gobierno de 28 de enero de 2014.
    • Título de familia numerosa o monoparental vigente, si corresponde.
    • Acreditación del Departamento de Derechos Sociales en casos de personas con discapacidad.
    • Certificado de no tener deuda con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC).

Nota Importante: La Agencia de la Vivienda de Cataluña puede solicitar, directamente o a través de entidades colaboradoras, documentación complementaria que considere necesaria para la resolución del expediente.

Proceso de solicitud

Los solicitantes deben completar el formulario de solicitud y adjuntar la documentación requerida. La Agencia de la Vivienda de Cataluña puede solicitar documentación adicional si es necesario.

Más información

Consulta el sitio web oficial de la Generalitat de Catalunya para conocer los detalles completos sobre esta ayuda al alquiler.

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández