Ayudas al Alquiler en Melilla

¿Vives de alquiler en la ciudad de Melilla? ¿Quieres saber si tienes acceso o hay ayudas al alquiler? Te explicamos que ayudas para el alquiler y para que colectivos hay en esta ciudad de Melilla.

Con fecha 28 de octubre de 2022, se han publicado y convocado las nuevas ayudas al alquiler dentro del Plan Estatal para la vivienda 2022/25. Recordar que aún está abierto el plazo para solicitar el bono de alquiler joven en Melilla.

Actualizado: Enero 2023

Ayudas al alquiler en Melilla

Desde el gobierno de España se ha presentado ya y tramitado el nuevo Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 que incluye ya una serie de mejoras respecto el anterior plan vivienda de 2018-2021:

  • Un paquete de ayudas económicas a jóvenes en alquiler, el llamado «Bono vivienda joven» o «Ayudas al alquiler joven«.
  • Ayudas a colectivos en vulnerabilidad sobrevenida o especialmente vulnerables; con subvenciones de hasta el 100% de la cuota mensual y ayudas al pago de servicios.
  • El ingreso mínimo como requisito pasa a estar ahora en 3 veces el IPREM.

Ayudas alquiler joven en Melilla

Es una ayuda económica de 250 euros para los jóvenes de entre 18 y 35 años que estén en alquiler y que cumplan con los requisitos de renta mínima. Si quieres más detalles, puedes consultar este enlace:

Además dentro del programa general, esta la ayuda a este colectivo joven (menores de 35 años) que puede cubrir hasta el 60% de la cuota de alquiler, eso si, cumpliendo los requisitos de unos unos ingresos inferiores a 3 veces el IPREM y que el inmueble tenga una renta de hasta 600 euros.

Ayudas al alquiler en Melilla

Se trata de las nuevas ayudas dentro del Plan Estatal de Vivienda 2022/2025, aprobado por Real Decreto 42/2022. Existen varios programas publicados en el Boletín Oficial de Melilla Extraordinario (BOME) y convocados para estas ayudas al alquiler:

  • Un programa 2 en régimen de concurrencia competitiva para ayuda al alquiler de vivienda o habitación a sectores de población con escasos medios económicos (recogido en arts. 26 a 34 del RD 42/2022).
  • Programa 3 de concesión directa para la ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (recogido en arts. 35 a 42).
  • Otro programa 4 de concesión directa para la ayuda al alquiler de personas que están en alquiler y en situación de vulnerabilidad sobrevenida (lo encontrarás en los artículos 43 a 50).

Veamos ahora el detalle en cada uno de estos programas de ayudas.

Ayuda al alquiler para personas con escasos recursos económicos

Se trata de la convocatoria para la ayuda al alquiler a este colectivo, definido en el programa 2 de ayudas y para los años 2022 y 2023.

Requisitos para beneficiarse de la ayuda

Para ser beneficiario de esta ayuda debes cumplir con estos requisitos; establecidos en el art. 27 del RD 42/2022:

  • Ser mayor de edad.
  • Los ingresos de las personas que vivan en el domicilio deben ser como mínimo 0,3 veces el IPREM.
  • Las personas solicitantes con discapacidad deberán acreditarlo.

¿Cuál es el importe máximo del alquiler para recibir la ayuda?

Existe un límite de la renta máxima de alquiler de hasta 600 euros con carácter general que puedes llegar a los 750 euros al mes para el caso de familias numerosas o con alguno de los miembros con discapacidad. El límite en el caso de habitaciones de alquiler en piso compartido será de 300 euros mensuales.

¿Cuantía de la ayuda a recibir?

Estos son los límites establecidos para la ayuda al alquiler de este colectivo:

  • Una ayuda que cubriría el 50% de la renta para personas o familias de convivencia que no superen 3 veces el IPREM.
  • Cubriría el 45% para los casos en que los ingresos de la persona o familia estén entre 3 y 4 veces el IPREM.
  • Se subvencionaría el 40% si los ingresos de la unidad de convivencia están comprendidos entre 4 y 5 veces el IPREM.

Duración de la ayuda

Se trata de una ayuda de duración 2 años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Plazo de solicitud de esta ayuda al alquiler?

El plazo para presentar las solicitudes de la ayudas será de 15 días hábiles después de la publicación en el Boletín Oficial de Melilla (BOME); esto es hasta el próximo día 21 de noviembre de 2022.

Ayuda al alquiler para victimas de violencia de genero, personas objeto de desahucio, sin hogar o especialmente vulnerables

En una convocatoria de ayudas al alquiler para este colectivo y de duración 5 años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026.

Requisitos de este programa

Cualquier de estos escenarios cubriría los requisitos exigidos para beneficiarse de la ayuda.

  • Para beneficiarte de esta ayuda, debes reunir las condiciones establecidas en la convocatoria y detalle del art. 36 del RD 42/2022. También se pueden beneficiar las Entidades enumeradas en el apartado 3 del art. 36 de dicho Real Decreto.
  • Las personas o unidades de convivencia también pueden beneficiarse de la ayuda si cumplen o están dentro de alguna de estas situaciones:
    • Familias monoparentales con hijos, siempre que no exista pensión compensatoria ni segundo progenitor que aporte ingresos y que en su conjunto no se supere 1 vez el IPREM anual.
    • Si se trata de unidades de convivencia en las que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y no tengan derecho de las prestaciones correspondientes.
    • Para unidades de convivencia en las que alguna persona asume la patria potestad, tutela o acogimiento familiar permanente del menor huérfano por violencia de género.
    • Si se trata de personas que vivan solas cuyos ingresos estén constituidos, únicamente, por prestaciones a cargo de las administraciones públicas y que en su conjunto no se supere 1 vez el IPREM anual.
  • Además, las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual puede ser beneficiarias de este programa, o en el caso de una ejecución hipotecaria, dación en pago siempre que haya tenido lugar en los últimos tres años.
  • Existe un límite de ingresos de los beneficiarios:
    • Para unidades de convivencia compuestas por una sola persona adulta, el límite estaría en 1,6 veces el IPREM.
    • En el caso de unidades de convivencia compuestas por dos personas adultas, el umbral estará en 2,15 veces el IPREM.
    • Para más de dos personas, 3 veces el IPREM.

¿Cuáles son los límites de las rentas de alquiler para recibir la ayuda?

En este caso y programa 3 de las ayudas al alquiler convocadas, existen unos límites de la renta de alquiler:

  • Con carácter general, la renta mensual no superará los 600 euros.
  • En el caso de viviendas de tres o más dormitorios, para familias numerosas o con miembros de la unidad familiar con alguno de los miembros con discapacidad, este límite puede llegar a los 750 euros.

¿Cuál es la cuantía de la subvención?

La cuantía de la ayuda se ajustará dentro de las circunstancias personales de la persona o unidad de convivencia, y de conformidad los Servicios Sociales. Los importes o porcentaje de la subvención sería:

  • Para las unidades de convivencia con ingresos de hasta 2,15 veces el IPREM:
    • Hasta el 100% de la renta de alquiler con un límite de 600 euros o 750 euros al mes, según el criterio del punto anterior.
    • Puede llegar a los 200 euros al mes para atender a los gastos de suministros básicos y gastos asociados al alquiler, con un límite del 100% de los mismos:
      • Un límite máximo de 80 euros para gastos de suministro eléctrico.
      • 60 euros para gastos de servicios comunes del inmueble e IBI.
      • Hasta 20 euros para gastos de basuras y agua.
      • Y 40 euros para gastos de Telefonía y comunicaciones.
  • En el caso de unidades de Convivencia con ingresos entre el 2,15 y 3 veces el IPREM:
    • La subvención podría llegar al 80% de la renta con un límite de 600 euros mensuales.
    • Y hasta 150 euros al mes para el gastos de suministros básicos; con un límite del 100% de los mismos:
      • 70 euros para gastos de suministro eléctrico.
      • Hasta 50 euros en gastos de servicios comunes del inmueble y repercusión del IBI.
      • 10 euros en gastos de basuras y agua.
      • 20 euros para gastos de las Comunicaciones.

Plazo para presentar solicitud de ayuda

El plazo para presentar la solicitud de la ayuda a este colectivo es desde el día 31 de octubre de 2022 hasta el 30 de octubre de 2025 o hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Ayuda al alquiler para personas en situación de una vulnerabilidad sobrevenida

Son ayudas al alquiler de la vivienda para personas y familias que están pasando una mala racha por minoración de ingresos y otras situaciones sobrevenidas. Se trata de una ayuda para los años 2022 y 2023.

Requisitos de este programa

Podrás ser beneficiario si:

  • Personas físicas mayores de edad que cumplan con los requisitos de la convocatoria; art. 44 del RD 42/2022.
  • Si los límites de ingresos de los beneficiarios no superan estas cifras:
    • Para unidades de convivencia de una sola persona adulta, el límite de ingresos estará en 1,6 veces el IPREM.
    • Para el caso de unidades de dos personas adultas, límite en 2,15 veces el IPREM.
    • Si son unidades de convivencia compuestas por más de dos personas, hasta 3 veces el IPREM.

¿Cuáles son los límites de la renta de la vivienda?

Para este programa 4  de ayudas al alquiler, estos son los límites de la renta mensual de la vivienda alquilada:

  • La renta máxima de la vivienda no podrá superar los 750 euros al mes.

¿Cuál es la cuantía subvencionable para el alquiler?

La cuantía de esta ayuda podrá varias en función de las circunstancias personales de la persona y la unidad de convivencia, y también conforme a los informes de los Servicios Sociales. Esta cantidad podría ser de:

  • Para unidades de convivencia con ingresos hasta los 2,15 veces el IPREM:
    • Podría llegar al 100% de la renta mensual de la vivienda.
  • En el caso de unidades de convivencia con ingresos entre los 2,15 y 3 veces el IPREM:
    • Llegaría al 80% de la renta del alquiler.

En cualquier caso, el beneficiario deberá destinar en el pago de la cuota ,mensual del alquiler estas cantidades:

  • Para las unidades de convivencia con ingresos de hasta 2,15 veces el IPREM, debe destinar el 15% de sus ingresos netos.
  • En el caso de unidades de Convivencia con ingresos comprendidos entre 2,15 y 3 veces el IPREM, el 20% de sus ingresos.

Duración de la ayuda

Es un programa de que se extiende a los dos años, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023.

¿Cuál es el plazo de solicitud de esta ayuda al alquiler?

El plazo para presentar las solicitudes de la ayudas será desde el día 31 de octubre hasta el próximo día 30 de noviembre de 2022 o hasta agotamiento del presupuesto de la ayuda.

¿Cómo solicitar estas ayudas en la provincia de Melilla?

Accede a la sede electrónica para encontrar este trámite o consulta con la administración para conocer otros trámites de solicitud y presentación de esta ayuda. Aquí encontrarás en los anexos los documentos a presentar en la administración:

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández