Ayudas después del paro

El paro es la prestación contributiva del estado, una ayuda que se puede alargar hasta los dos años, pero ¿Qué sucede si se acaba esta prestación? Si durante el tiempo que has estado cobrando el paro no has podido encontrar un trabajo, debes saber que existen una ayudas a las que te puedes acoger siempre que cumplas unos requisitos y que aquí te explicaremos.

Ayudas después del paro

NOTA: Si quieres saber cómo solicitar el paro, aquí te contamos cómo pedir la cita previa.

La prestación contributiva, el paro, se calcula dependiendo de lo que uno haya cotizado a la Seguridad Social. Éste cálculo determina la cantidad y la duración de esta ayuda. Como ya hemos comentado, es una ayuda finita, que tiene una fecha de finalización y aunque todos los trabajadores tienen derecho a ella, las ayudas después del paro requieren cumplir ciertos requisitos y que conoceremos para cada una de estas ayudas.

Este tipo de ayudas, se denominan subsidios (prestaciones no contributivas), y es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), anteriormente llamado INEM, al cual debemos acudir para solicitar este tipo de prestaciones tras finalizar el paro.

¿Cuándo solicitar un subsidio?

Los subsidios están pensados para aquellas personas que tienen mayores dificultades económicas y para acceder al mercado laboral. En este sentido, el subsidio por desempleo se puede solicitar tras haber finalizado el paro y siempre que se cumplan ciertos los requisitos.

Existen otros tipos de subsidios que no requieren haber estado trabajando para poder acceder a ellos y que más adelante te mostraremos.

¿Tengo derecho a una ayuda después del paro?

Todas las personas tienen derecho a cobrar un subsidio, pero este tipo de ayudas que el SEPE ofrece tras agotar el paro son de carácter subsidiario por lo que los requisitos para poder acceder a ellas son un poco más estrictas. Debes saber a qué si cumples dichos requisitos a aquella prestación no contributiva que más encaje a tu situación o edad.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Existe dos tipos de requisitos para poder acceder a los subsidios. El primero de ellos es básico, se cumple en todas estas ayudas y el segundo es específico para cada una de ellas. Aquí te contamos los requisitos básicos y en cada uno de los subsidios podrás conocer los requisitos específicos.

Requisitos básicos para acceder a un subsidio:

  • Estar desempleado.
  • Estar apuntado al paro y ser demandante de empleo en el SEPE. (Aquí puedes saber más sobre cómo apuntarse al paro).
  • Haber agotado la prestación contributiva o no tener derecho al paro.
  • No haber rechazado ninguna oferta de empleo que el servicio de colocación te haya ofertado.
  • No tener un salario superior al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) – consulta en el enlace el salario mínimo fijado.

Si cumples dichos requisitos así como el específico del subsidio el cual quieres solicitar, deberás tramitarlo desde las oficinas del SEPE.

¿Qué ayudas hay después del paro?

Aquí te presentamos las principales ayudas después del paro así como aquellas que no precisan haber cobrado la prestación contributiva y destinada para aquellos que tienen más dificultades económicas.

Renta Mínima de Inserción

La Renta Mínima de Inserción (RMI) o también conocido como Salario Social, es una ayuda pensada para todas aquellas personas que no disponen de recursos económicos para cubrir sus necesidades más básicas de vida. Esta ayuda la tienen todas las Comunidades Autónomas, cada una con su nombre propio, y que gestionan los Servicios Sociales para personas vulnerables. Lo requisitos son:

  • Estar residiendo de forma legal en España.
  • Haber residido en el último años en la Comunidad Autónoma donde se solicita la ayuda.
  • No disponer de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas.
  • Tener entre 25 y 65 años o ser menor legalmente emancipado.
  • Haber solicitado todas las ayudas o subsidios a las que tenga acceso o haberlas agotado.
  • Aceptar medidas de inserción laboral que incluyen acciones formativas y orientación profesional.

La ayuda económica depende de la situación de la persona y de los baremos que la autonomía establezca. Por lo general, estas ayudas superan el 70% del salario mínimo interprofesional (SMI).

Subsidio para mayores de 45 años

El subsidio para mayores de 45 años es una ayuda pensada para aquellas personas que tienen más de 45 años que no tienen cargas familiares y que hayan agotado la prestación contributiva o que no hayan tenido acceso al paro. Es una ayuda pensada para personas que tienen más dificultades para acceder al mercado laboral. Los requisitos de esta ayuda son:

  • Tener 45 años o más.
  • No tener cargas familiares.
  • Estar en situación de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
  • Haber agotado o no tener acceso al paro.
  • No tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

La ayuda es de 480,00€/mes con una duración de 6 meses (que corresponde al 80% del IPREM).

Subsidio para mayores de 52 años

En este caso, es una ayuda pensada para personas de 52 años o más y que hayan agotado la prestación contributiva y que tienen dificultades para volver a incorporarse al mercado laboral. Los requisitos para esta ayuda son:

  • Tener 52 años o más.
  • Encontrarse en situación de desempleo.
  • No estar en situación de trabajador fijo discontinuo.
  • Haber agotado el paro o el subsidio por desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

La ayuda es de 480,00€/mes y se puede cobrar hasta llegar a la edad de jubilación.

Subsidio de ayuda familiar

Esta ayuda está pensada para todos aquellos que agotan el paro y tienen personas a su cargo como unidad familiar. Los principales requisitos para poder acceder a este subsidio son:

  • Estar sin trabajo y dado de alta como demandante de empleo.
  • Tener cargas familiares.
  • No tener ingresos que superen el 75% del SMI.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.

La ayuda económica es de 480,00€/mes y se tramita desde las oficinas del SEPE.

Subsidio por insuficiencia de cotización

Esta ayuda se centra en aquellas personas que han cotizado por desempleo menos de 3 meses y tienen cargas familiares o 6 meses sin cargas y no llegan a los 360 días cotizados. Los requisitos para acceder a ella son:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Haber cotizado 3 meses con responsabilidades familiares o 6 meses sin cargas.
  • No tener ingresos que superen el 75% del SMI.

La ayuda es de 480,00€/mes y la duración dependerá de tu situación, depende de lo que hayas cotizado y de si tienes o no cargas familiares.

Ayudas extraordinarias cuando no tienes derecho al paro

Este tipo de ayudas extraordinarias están pensadas para todas aquellas personas que no tienen derecho a la prestación contributiva ni a ninguno de los subsidios ya comentados.

Atención: A partir de junio de 2024, desaparecen la Renta Activa de Inserción y el Subsidio Extraordinario por desempleo, entre otras ayudas asistenciales. A partir de ese momento, se acojerán a los subsidios que existan o bien al Ingreso Mínimo Vital.

Renta Activa de Inserción (RAI)

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda pensada para aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo y que se encuentran en una situación económica complicada. Su objetivo es la de facilitar la inserción laboral y está gestionada por el SEPE. Los principales requisitos son:

  • No tener 65 años.
  • No tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
  • Estar en situación de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
  • No haber recibido esta misma ayuda 3 veces.

La ayuda es de 480,00€/mes y tiene una duración máxima de 11 meses.

Existes requisitos diferentes dependiendo de tu situación. Te aconsejamos que revises dichos requisitos.

Subsidio Extraordinario por Desempleo

Esta ayuda está pensada para todas aquellas personas que han agotado el paro así como aquellos subsidios a los que tienen acceso como el subsidio por desempleo o son parados de larga duración. El Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), sustituye el conocido Plan Prepara y pueden acceder aquellas personas que:

  1. Personas que haya agotado el paro y sigan en situación de desempleo.
  2. Personas que se encuentran en paro de larga duración y que hayan agotado las prestaciones de desempleo o la Renta Activa de Insersión.

La ayuda económica, gestionada por el SEPE, es de 480,00€/mes y tiene una duración de 180 días como máximo.

¿Quieres conocer todos los subsidios a los que tienes derecho? Aquí puedes acceder a las ayudas no contributivas:

¿Cómo solicitar un subsidio tras finalizar el paro?

Parar tramitar una ayuda después de cobrar el paro, tienes que hacerlo desde una oficina de empleo del SEPE pero antes de presentarte a ella, debes solicitar cita previa:

Una vez tengas fecha y hora con una oficina de empleo, deberás presentarte y solicitar la ayuda. Debes tener en cuenta que al presentarte a las oficinas del SEPE deberás llevar cierta documentación para tramitar el subsidio:

  • El Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE. En caso de ser extranjero comunitario residente en España deberás aportar un documento de identidad de tu país de origen. En el caso de ser extra-comunitario pero residente en España, necesitarás el TIE.
  • El modelo oficial de la solicitud del subsidio por desempleo con la opción marcada a qué ayuda quieres acceder.
  • El Justificante de la cuenta bancaria (IBAN).
  • En algunas ayudas pueden llagar a solicitarte el justificante de rentas, el libro de familia o el certificado de empadronamiento.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández