¿Puedo reclamar la resolución de mi beca?

¿Te han resuelto tu solicitud de beca y no estás conforme? ¿Quieres saber cómo puedes reclamar la resolución de la beca? Te explicamos si puedes o no reclamar la resolución de tu beca MEC y cómo puedes hacerlo.

Actualización: 18 de Octubre 2022

Cómo reclamar la resolución de una beca

¿Puedo reclamar la resolución de la beca?

En el caso que no estés conforme con la resolución de tu beca o incluso por el valor de las cuantías asignadas para esta, puedes presentar una reclamación dentro de unos plazos estipulados.

Si aún no has consultado el estado o resolución de tu solicitud de beca, accede a este enlace para conocer y saber si te han concedido o no la beca de estudios:

¿Cómo puedes reclamar la resolución de tu beca?

Cuando no estas de acuerdo con la resolución de la beca o las cuantías validadas para esta, puede presentar una reclamación con la Unidad de Becas y en unos plazos concretos. Tenemos identificados tres tipos de reclamación:

  • Alegaciones.
  • Recurso de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.

Alegaciones

Este tipo de reclamaciones se lanzan o tramitan sobre resoluciones provisionales que se comunican a través de una notificación en la sede electrónica.

Las alegaciones deben basarse en un error detectado de forma o contenido; por ejemplo, en los datos académicos o económicos que se hayan tenido en cuenta para valorar tu solicitud de beca. Desde tus expediente en la Sede Electrónica, podrás ver el detalle de la documentación. Recuerda siempre presentar la documentación acreditativa que justifique las alegaciones.

¿Cuáles son los plazos de presentación de las alegaciones?

El plazo de respuesta de estas alegaciones es de unos 10 días hábiles (sin contar festivos o fin de semana). El plazo comienza a contar desde el día siguiente a la fecha en que consultes o descargues la notificación. En cualquier caso, te recomendamos que consultes y leas atentamente la notificación.

Existe un plazo de 10 días naturales también para consultar la notificación y pasarla al estado de «caducada» que quiere decir que está «comunicada». Esto es para evitar demorar o alargar los plazos de respuesta de estas comunicaciones. Aquí es importante estar al caso de las notificaciones y gestionar las reclamaciones en los plazos. Si pasan estos 10 días sin haber leído o abierta la notificación, se considerará «comunicada» y comenzaría a contar esos 10 días para presentar alegaciones.

¿Cómo puedes presentar la alegación?

En la propia notificación te explican como presentar las alegaciones, pero en general, deberás rellenar y presentar a la Unidad de Becas de un impreso de alegaciones. Debes presentarlo dentro de los plazos asignados. En algún otro caso, puede ser que debas entrar a la propia solicitud de beca para alegar a través de una hoja especial.

Recurso de reposición

Este recurso hace referencia a la resolución definitiva; son las listas de beneficiarios publicados en la web del Ministerio.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo para presentar este recurso es de un mes desde el día de publicación de la resolución definitiva y las listas. En el caso de las ayudas de apoyo educativo, solo se publica la resolución.

¿Cómo se presenta el recurso?

En este caso, debes rellenar y presentar el impreso de Recurso de reposición dentro del plazo abierto para presentarlo a la Unidad de Becas y adjuntando la documentación que justifique la no conformidad con la resolución. En este caso, la Unidad de Becas lo deberá remitir al Ministerio para su revisión. Puedes descargarte este impreso en la web del Ministerio, aquí:

Recurso contencioso-administrativo

Se trata de un recurso que puedes presentar a la resolución definitiva. Se trata de un procedimiento judicial que está sometido a algunas formalidades y costes. Como punto a tener en cuenta, si has presentado antes un recurso de reposición, únicamente podrás poner un recurso contencioso administrativo cuando el recurso de reposición se haya resuelto.

¿Cuáles son los plazos para presentar este recurso?

A partir de la fecha de publicación de la resolución definitiva, las listas en la web, tienes dos meses para presentar este recurso.

¿Cómo presentar las alegaciones o recursos de reposición?

Si finalmente te has decidido a presentar alegaciones o un recurso de reposición, en general, deberás seguir estos pasos para su trámite.

  1. Rellenar el formulario correspondiente. Lo primero será cumplimentar el formulario correspondiente a la alegación o el recurso. Antes te hemos indicado donde encontrarlos.
  2. Imprime el formulario y descárgatelo. Además del impreso, deberás también que adjuntar la documentación que justifique tu alegación.
  3. Entrega a la Unidad de Becas a la que corresponda el centro educativo donde te hayas matriculado. También podrías presentarlo en cualquier Registro habilitado, pero siempre dirigido a tu Unidad de Becas, también en Correos e indicando en ventanilla que lo quieres enviar por procedimiento administrativo.

Para algunos casos, podrás hacer la gestión y entrega de esta alegación o recurso de forma electrónica; deberás fijarte en tu notificación, si así lo detalla y lo permite.

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández