Ayudas al alquiler en Asturias

¿Estás buscando ayudas para el alquiler de viviendas en Asturias? En toda Comunidad Autónoma existen un tipo de ayudas para aquellas personas o familias con mayor dificultades económicas para acceder a un alquiler de una vivienda y en el caso del Gobierno del Principado de Asturias no es una excepción. Aquí encontrarás toda la explicación de las ayudas y de cómo solicitarlas así como los requisitos para acceder a ellas.

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Ayudas para el alquiler en Asturias

Ayudas al alquiler en Asturias

Dichas ayudas están destinadas a aquellos sectores de la población de la Comunidad de Asturias que no disponen de los recursos económicos suficientes para hacer frente o mantener un alquiler. Las ayudas al alquiler buscar facilitar el acceso a un alquiler o a mantenerlo.

Requisitos de acceso a la ayuda para el alquiler

Existen algunos requisitos para poder acceder a esta ayuda:

  • Tener nacionalidad española o ser extranjero con residencia legal en España.
  • Ser el titular del contrato de alquiler. No se aceptará cualquier contrato de subarriendo parcial de la vivienda. Para las personas menos de 35 años, deben tener un contrato de arrendamiento de vivienda o estar a punto de firmarlo en un plazo máximo de 2 meses desde la aprobación de la ayuda.
  • Que la vivienda arrendada o que se vaya a alquilar sea la residencia habitual y esto se demostrará presentando el certificado de empadronamiento donde se indique la fecha de la solicitud así como las personas que tendrán como residencia habitual la vivienda objeto del contrato. Los jóvenes menores de 35 años, deben aportar dicho certificado de empadronamiento en un plazo de dos meses una vez se haya concedida la ayuda.
  • Que el salario de las personas que residen en la vivienda alquilada y que consten o no como titulares del contrato de arrendamiento no superen:
    • Que no se supere el límite máximo de ingresos de la Unidad de Convivencia y que no debe superar en 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) conforme las siguientes reglas:
      • La unidad familiar o de convivencia hay un adulto; en este caso la cuantía del IPREM se multiplica por 1,5.
      • Si la unidad familiar o de convivencia hay dos o más adultos; el primer adulto computa 1,5 veces el IPREM y los siguientes adultos computan  0,5 veces el IPREM.
  • La renta de alquiler de la vivienda no puede superar los 500 euros mensuales.
  • Que ninguno de los que conviven en la vivienda sean propietarios o tengan el derecho de uso y disfrute de una propiedad dentro del territorio español. No se tendrá en cuenta a todos aquellas personas que acrediten que no pueden disponer de la vivienda por temas de separación / divorcio o tengan capacidad para habilitarla por causas ajenas a su voluntad.
  • Los que residan en  la vivienda no pueden tener ningún parentesco de primer o segundo grado con el propietario de la vivienda.

Plazos para presentar la solicitud de ayuda al alquiler

Todas aquellas personas, que cumplan los requisitos anteriormente comentados, podrán la mismas en las fechas indicadas:

  • Desde el 06/04/2021 00:00 hasta el 05/05/2021 23:59.

Cómo presentar la solicitud de ayuda al alquiler en Asturias

La solicitud de ayuda se puede presentar en los plazos ya comentados en los siguientes puntos:

También puedes presentar la solicitud de ayuda al alquiler de forma online mediante un certificado digital desde aquí.

¿Cuánto tiempo tardan en resolver la solicitud?

El plazo de resolución suele tardar 6 meses.

Cuantía de la ayuda económica al alquiler en Asturias

En un principio, la ayuda es el 40% de la renta mensual de la vivienda en alquiler. Para las personas jóvenes menores de 35 años y para las mayores de 65 años en el momento de solicitar la ayuda, la ayuda asciende al 50%.

NOTA: El periodo máximo de la ayuda es de 12 mensualidades.

¿Cómo se realiza el pago de la ayuda en Asturias?

La subvención solo se hará efectiva cuando se haya presentado el para de la renta de la vivienda:

  • El primer pago corresponde a las mensualidades de la renta presentadas en la solicitud una vez se han justificado.
  • El segundo pago se realizada una vez que el beneficiario de la ayuda en una plazo máximo de un mes tras finalizar las 12 mensualidades de alquiler, presenta la documentación que justifica el pago de las mensualidades de alquiler.

¿Qué documentación necesitas presentar?

Si cumples con los requisitos, aquí dejamos los enlaces de la documentación a rellenar y presentar:

Ayudas al alquiler a jóvenes o bono joven al alquiler

El gobierno acaba de aprobar el real decreto que desarrolla el nuevo Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 (que sustituye al anterior 2018-2021) y que incluye una partida dedicada a la ayuda económica al alquiler para el colectivo de jóvenes de 18 a 35 años. Es una aportación o ayuda económica de 250 euros a estos jóvenes siempre que cumplan con los requisitos de tener unos ingresos menores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y que el precio de la vivienda a alquiler esté por debajo del límite; 600 euros.

Desde el día 6 de julio, ya puedes pedir la ayuda para el Bono Joven al Alquiler.

Justo ahora el gobierno esta negociando con las Comunidades para que sean estas las que gestionen estas ayudas a los jóvenes, en cualquier caso, la ayuda será con carácter retroactivo, desde el día 1 de enero de 2022. Si quieres algún detalle más, accede a este enlace:

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández