¿Has alquilado o vas alquiler una vivienda recientemente en Rubí? Aquí te detallamos las nuevas ayudas al alquiler que el Ayuntamiento de Rubí ha abierto y que puedes solicitar para hacer frente a los gastos de constitución de este contrato. Te facilitamos el detalle de requisitos, documentación, las fechas límite para solicitarla y la ayuda máxima que puedes solicitar.
Actualizado: 9 de febrero de 2023
Ayudas para el alquiler en Rubí
El consistorio de Rubí ha aprobado un paquete de ayudas al alquiler para personas jóvenes de hasta 34 años y familias monoparentales que hayan formalizado o vayan a formalizar un contrato de alquiler desde el 16 de septiembre de 2022 hasta el próximo día 31 de agosto de 2023. Se trata de una dotación de presupuesto del ayuntamiento de unos 18.125 euros.
Recuerda, que además de esta ayuda para costear el pago de la formalización del contrato del alquiler, puedes consultar si puedes acceder a alguna de las ayudas al alquiler que el Gobierno de la Cataluña puede convocar.
Requisitos para ser beneficiario de esta ayuda al alquiler
Estos son los requisitos a cumplir para recibir esta ayuda:
- La unidad convivencia debe estar compuesta por menores de 34 años o bien una unidad monoparental.
- Presentar documento de identidad; DNI, NIE o NIF.
- No haber recibido ayudas de otros organismos para el mismo concepto y finalidad.
- La existencia de un contrato de alquiler donde el titular sea una de las personas de la unidad de convivencia y dentro de las fechas establecidas para otorgar la ayuda.
- No tener relación alguna de parentesco o afinidad con el arrendador de la vivienda alquilada.
- Todos los miembros de la unidad de convivencia estén empadronados en la vivienda.
- Ningún miembro de la unidad de convivencia debe tener o estar en posesión de cualquier inmueble en cualquier otro municipio.
- Que los gastos de formalización del contrato de alquiler supongan como mínimo el 10% de los ingresos brutos anuales (en el año 2022 debían representar más del 30%). Los conceptos de gasto puedes ser la suma de:
- Gastos de gestión inmobiliaria.
- Formalización del contrato o de notaría.
- Registro.
- Los ingresos anuales brutos de la unidad de convivencia no deben superar los umbrales exigidos. Se medirá por el IRSC y multiplicado por un diferencial.
Número de miembros de la unidad de convivencia | Umbral de ingresos brutos |
1 | 1,5 x IRSC |
2 | 1,86 x IRSC |
3 | 2 x IRSC |
4 | 2,34 x IRSC |
Con discapacidad o Gran dependencia | 3 x IRSC |
¿De qué importe es la ayuda al alquiler?
La concesión máxima de la ayuda económica para el alquiler será de unos 950 euros. Este importe pretende cubrir gestos de gestión o de la propia formalización del contrato de alquiler.
¿A partir de cuándo puedo solicitar esta ayuda?
Para este 2023, aún está pendiente de abrirse el plazo de solicitud de estas ayudas- Próximamente se comunicará. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la apertura de la convocatoria.
¿Dónde solicitar la ayuda?
La solicitud de la ayuda podrás hacerla de forma preferente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rubí o de forma presencial en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (Oficinas OAC).
¿Qué documentación hay que aportar?
Para el trámite de la solicitud deberás traer esta documentación:
- El documento de identidad: DNI, NIF o NIE; del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración de la rento o certificado de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Declaración responsable de todos los miembros indicando que cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria.
- Justificante de personas no empadronadas por alguna excepción; traslado, separación, dependencia.
- Comunicación del código IBAN del banco.
- Declaración responsable de estar sin deudas.
- Contrato de alquiler.
- Justificantes de los gastos y de los pagos derivados del contrato de alquiler y subvencionables con esta ayuda.
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