¿Has alquilado o vas alquiler una vivienda recientemente en Rubí? Aquí te detallamos las nuevas ayudas al alquiler que el Ayuntamiento de Rubí ha abierto y que puedes solicitar para hacer frente a los gastos de constitución de este contrato. Te facilitamos el detalle de requisitos, documentación, las fechas límite para solicitarla y la ayuda máxima que puedes solicitar.
Actualizado:
Estas son las ayudas al alquiler que puedes gestionar desde el Ayuntamiento de Rubí. Ahora mismo, está abierto el plazo para solicitar la ayuda al pago del alquiler a personas mayores de 65 años. Además de esta, próximamente se abrirá el plazo para jóvenes menors de 35 años.
Ayudas al alquiler para mayores de 65 años en Rubí
Se trata de la ayuda que concede y gestionada por la Generalitat de Catalunya al pago del alquiler de la vivienda o habitación. Recuerda que para solicitra esta prestación de ayuda debes tener 65 años o más y residir en Rubí.
Ayudas al alquiler para menores de 35 años en Rubí
A partir del 11 de marzo, la Generalitat de Catalunya abrirá el plazo para solicitar estas ayudas al pago del alquiler de la vivienda o habitación.
Requisitos para ser beneficiario de esta ayuda al alquiler
Estos son los requisitos a cumplir para recibir esta ayuda:
- La unidad convivencia debe estar compuesta por menores de 34 años o bien una unidad monoparental o bien tener 65 o más años para la ayuda a este colectivo.
- Presentar documento de identidad; DNI, NIE o NIF.
- No haber recibido ayudas de otros organismos para el mismo concepto y finalidad.
- La existencia de un contrato de alquiler donde el titular sea una de las personas de la unidad de convivencia y dentro de las fechas establecidas para otorgar la ayuda.
- El alquiler de la vivienda no puede superar los 900 euros mensuales y en el caso del alquiler de una habitación, los 450 euros al mes.
- No tener relación alguna de parentesco o afinidad con el arrendador de la vivienda alquilada.
- Todos los miembros de la unidad de convivencia estén empadronados en la vivienda.
- Ningún miembro de la unidad de convivencia debe tener o estar en posesión de cualquier inmueble en cualquier otro municipio.
- Los ingresos anuales brutos de la unidad de convivencia no deben superar los umbrales exigidos. Se medirá por el IRSC y multiplicado por un diferencial.
¿De qué importe es la ayuda al alquiler?
Para el caso de personas de 65 o más años, el importe de la ayuda puede ir desde los 20 euros hasta los 200 euros mensuales. En el caso de personas jóvenes menores de 35 años, la ayuda será de entre 20 euros y los 250 euros al mes.
Cómo solicitar esta ayuda
Puedes ponerte en contacto con la oficina de Proursa; cualquier día laborable de 9 a 14 horas o llamando por teléfono al 93 588 66 93. También puedes solicitar el trámite de esta ayuda a través de este enlace:
¿Qué documentación hay que aportar?
Para el trámite de la solicitud deberás traer esta documentación:
- El documento de identidad: DNI, NIF o NIE; del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración de la rento o certificado de ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Declaración responsable de todos los miembros indicando que cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria.
- Justificante de personas no empadronadas por alguna excepción; traslado, separación, dependencia.
- Comunicación del código IBAN del banco.
- Declaración responsable de estar sin deudas.
- Contrato de alquiler.
- Justificantes de los gastos y de los pagos derivados del contrato de alquiler y subvencionables con esta ayuda.
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