Todo lo que necesitas saber y conocer de la Renta Valenciana de Inclusión Social (RVI); que antes habíamos conocido como Renta Garantizada de Ciudadanía. Cómo solicitarla, que se pretende y a quien beneficia, los requisitos, documentación y la cuantía económica.
¿Qué es la Renta Valenciana de Inclusión?
Es una prestación económica que administra y gestiona la Generalitat Valenciana y de carácter social que pretende dar una cobertura a las personas o unidades de familia con riesgo de aislamiento social por falta de unas rentas suficientes.
Esta prestación o Renta Valenciana de Inclusión consta de estos cuatro tipo de ayudas:
- Renta de Garantía de Inclusión Social (RGIS): Para los casos en que las unidades familiares se adhieren y suscriben a acuerdos de inclusión social.
- La Renta de Garantía de Ingresos Mínimos (RGIM): Se trata de una prestación algi menor que el RGIS porque en este caso no se suscribe el acuerdo de inclusión social.
- Renta Complementaria de Ingresos por Prestaciones (RCIP): En los casos en que la unidad familiar ya tenga alguna renta en pensiones o en prestaciones mínimas; este será un complemento para esos mínimos.
- Y la Renta Complementaria de Ingresos por Trabajo (RCIT): Si tienes unos ingresos por trabajo pero sin llegar al mínimo; este será un complemento económico.
¿Quienes son los beneficiarios de la Renta Valenciana de Inclusión?
Esta prestación pretende ofrecer una cobertura a las personas o unidades familiares de la Comunidad que estén en una situación real y verdadera de vulnerabilidad. Luego, para tener derecho o acceso a las mismas, se deben cumplir una serie de requisitos que veremos en los próximos puntos.
¿Renta Valenciana de Inclusión y el Ingreso Mínimo Vital es lo mismo?
No, por un lado tenemos la prestación que gestiona la Comunidad Valenciana para aquellas personas que no llegan a los mínimos económicos y con serio riesgo de aislamiento social; esto es la Renta Valenciana de Inclusión. Por otro lado, está el Ingreso Mínimo Vital que recientemente, en el 2020, se ha aprobado por parte del Gobierno Central. Esta dotación económica es más un derecho universal a la ciudadanía, estipula un ingreso mínimo que debe tener la unidad de convivencia; por lo tanto, no sólo está orientado a personas vulnerables, sino que se trata de un derecho de todos.
Si quieres conocer más detalle sobre el Ingreso Mínimo Vital; te damos acceso a este artículo:
¿La Renta Valenciana de Inclusión es compatible con otras ayudas?
Si, esta prestación es compatible con otras ayudas sociales o becas como, becas y ayudas en el ámbito escolar (libros, material, matrículas, etc.), becas comedor, acceso a la sanidad universal, prestaciones farmacéuticas.
Requisitos de acceso a la Renta Valenciana de Inclusión
Te presentamos los requisitos mínimos para poder acceder a la ayuda RVI:
- Estar empadronado o residencia efectiva durante los últimos 12 meses anteriores a la solicitud en la Comunidad Valenciana.
- También cumple si has tenido al menos 5 años empadronado/a continuada dentro de los últimos 10 años.
- En general, tener igual o más de 25.
- A partir de 16 años si tienes a cargo a personas en dependencia o menores, o eres víctima de violencia de genero, sexual o trata de personas.
- Tener entre 18 y 24 años y estar en orfandad.
- No tener recursos económicos o rentas, o al menos que estas sean inferiores a la cuota correspondiente de la Renta Valenciana de Inclusión.
- Sin bienes muebles o inmuebles diferentes a la vivienda habitual.
- No estar en un centro público o privado residencial con carácter permanente.
Documentos que necesitas presentar para la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)
Para la tramitación y solicitud de esta ayuda debes preparar y entregar copias o parte de esta documentación que te identificamos:
- Solicitud de la prestación/ayuda debidamente cumplimentada.
- Copia de tu documento de identidad: DNI/NIE.
- Documento con la cuenta bancaria del solicitante.
- Certificado de empadronamiento del solicitante y miembros de la unidad de convivencia..
- Si has estado en diferentes municipios por un tiempo mayor o igual a cinco años, el certificado de cada municipio.
- Libro de familia.
- Certificados de pareja de hecho, si fuera el caso.
- Certificados bancarios de las cuentas del solicitante y resto de miembros de la unidad de convivencia.
También, en función de la situación personal tuya o de la unidad de convivencia:
- Si eres extranjero; presentar la Tarjeta de Residencia de todas las personas de la unidad de convivencia.
- Documentación legal y formal de la resolución judicial o convenios en los procesos de separación o divorcio.
- Si alguna de las personas recibe ingresos por trabajo, las tres últimas nóminas o última declaración trimestral IRPF (si es autónomo/a).
- Acreditar la situación de víctima de violencia de genero, explotación sexual o laboral, orfandad.
¿Qué se cobra por la Renta Valenciana de Inclusión?
Como pasa en las prestaciones gestionadas por otras Comunidades Autónomas, la dotación económica o renta mensual de esta prestación varia en función de la particularidad de las unidades familiares. Los importes corresponden a un porcentaje del Salario Mínimo Interprofesional calculado para 12 mensualidades y para la unidad de convivencia. Recordarte que el SMI para este 2020 con 12 pagas anuales está situado en 1.108,33 euros.
De esta manera, y en función del tipo de ayuda que solicitemos y que hemos visto antes, tenemos estos casos:
Renta de Garantía de Inclusión Social (RGIS)
En este caso, se incluye en el importe económico o renta la suscripción al programa de inclusión social. En esta ayuda los importes o rentas en función de la situación de la unidad de convivencia es:
Unidad de Convivencia | Renta Mensual |
Una persona | 70% del SMI |
Dos personas | 82% del SMI |
Tres personas | 90% del SMI |
Cuatro personas | 96% del SMI |
Cinco personas | 102% del SMI |
Seis ó más personas | 110% del SMI |
Estos importes pueden verse decrementados si las unidades de convivencia ya tienen algún ingreso. Luego, los importes mínimos y máximos teóricos para el 2020 de esta Renta Garantía de Inclusión (RGIS) se sitúan en: 775 euros y 1.219 euros.
Renta de Garantía de Ingresos Mínimos (RGIM)
Este es el caso donde por circunstancias de la unidad de convivencia no se puede firmar los acuerdos de inclusión social. Para esta ayuda, las rentas en función de la unidad de convivencia son de:
Unidad de Convivencia | Renta Mensual |
Una persona | 35% del SMI |
Dos personas | 42% del SMI |
Tres personas | 45% del SMI |
Cuatro personas | 47% del SMI |
Cinco personas | 51% del SMI |
Seis ó más personas | 55% del SMI |
Los importes pueden verse disminuidos si ya existe alguna renta o ingreso dentro de la unidad de convivencia. Para esta ayuda, los importes teóricos mínimos y máximos en 2020 son de: 387 euros y 609 euros.
Renta Complementaria de Ingresos por Prestaciones (RCIP)
Para el calculo de esta prestación, se tiene en cuenta la cuantía máxima de la Renta Valenciana de Inclusión para esa unidad de convivencia y las rentas disponibles por la misma. De esta manera tenemos que la renta máxima a percibir como complemento a la pensión que ya recibe es de:
- Como complemento a una Pensión No Contributiva, hasta un máximo de 159 euros al mes.
- A la Pensión del Fondo de Asistencia Social, un complemento máximo de 159 euros mensuales.
- Si cobra la Renta Activa de Inserción (RAI) por violencia de genero; hasta:
Unidad de Convivencia | Renta Máxima Mensual |
Una persona | 199,73 euros |
Dos personas | 307,73 euros |
Tres personas | 379,73 euros |
Cuatro personas | 433,73 euros |
Cinco personas | 487,73 euros |
Seis personas | 559,73 euros |
Además, sólo para el caso de la RAI, se puede recibir un complemento de un 25% por gastos de alquiler o hipoteca, o de un 10% de complemento por gastos energéticos.
¿Qué duración tiene la Renta Valenciana de Inclusión?
Esta prestación de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI) no tiene una fecha de fin; de trata de una ayuda con carácter permanente siempre y cuando se cumplan con los requisitos que dieron el derecho. Tienes una revisión y renovación cada 3 años.
¿Cómo pedir las ayudas de Rentas de Garantía en Valencia?
Como ya has visto, esta prestación o ayuda se distribuye en hasta cuatro ayudas. En este caso, veremos como solicitar las Rentas de Garantía de la Renta Valenciana de Inclusión.
Para las:
- Renta de Garantía de Inclusión Social (RGIS).
- La Renta de Garantía de Ingresos Mínimos (RGIM).
¿Cómo puedes presentar la solicitud?
- Debes solicitar esta ayuda de forma presencial en los Servicios Sociales de los Ayuntamientos de tu residencia o bien algún centro de registros de la Administración. Si es en Servicios Sociales, allí un trabajador social te atenderá y tramitará contigo esta ayuda.
- A través de la Sede electrónica.
¿Solicitar el Complemento de ingresos en Valencia?
En estos dos casos:
- Renta Complementaria de Ingresos por Prestaciones (RCIP).
- Y la Renta Complementaria de Ingresos por Trabajo (RCIT).
¿Cómo presentar la solicitud?
- En este caso, debes ir de forma presencial a la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas que tienes en las tres provincias Valencianas. Recuerda que debes gestionar tu cita previa con este organismo antes de ir. Te identificamos los centros, su ubicación y el teléfono para solicitar tu cita si quieres ser atendido:
Dirección Territorial de | Dirección | Teléfono Cita Previa |
Alicante | C/ Rambla Méndez Núñez, 41, 03002 | |
Castellón | C/ Hermanos Bou, 47, 12073 | 964726200 |
Valencia | Avda. del Oeste, 36, 46001 | 012 |
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⚙️ Contenidos del artículo
- 1 ¿Qué es la Renta Valenciana de Inclusión?
- 2 ¿La Renta Valenciana de Inclusión es compatible con otras ayudas?
- 3 Requisitos de acceso a la Renta Valenciana de Inclusión
- 4 Documentos que necesitas presentar para la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)
- 5 ¿Qué se cobra por la Renta Valenciana de Inclusión?
- 6 ¿Qué duración tiene la Renta Valenciana de Inclusión?
- 7 ¿Cómo pedir las ayudas de Rentas de Garantía en Valencia?
- 8 ¿Solicitar el Complemento de ingresos en Valencia?