Cuánto se cobra en un ERTE

Saber cuánto se cobra en un ERTE y cuándo se cobra, son de las preguntas que más se han ido buscando en los últimos meses y aquí, conocerás ambas respuestas.

Si estás en un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) seguramente uno de los temas que más te pueden preocupar es saber cuánto cobraré del paro en esta situación. Aquí queremos explicarte los tipos de ERTE que hay dentro de la ley y cómo calcular el importe económico que cobrarás.

Qué cobrarás en un ERTE

¿Qué tipos de ERTE hay: suspensión y reducción?

Recuerda que en un ERTE, la empresa decide suspender de forma temporal los contratos de trabajo o reduce la jornada de los mismos trabajadores. Tienes o hay dos tipos o clases de ERTE (Expedientes de Regulación Temporal de Empleo) que hay legalizados por motivos de fuerza mayor de la crisis sanitaria del coronavirus; estos son los:

ERTE de suspensión

Se trata de un expediente de empleo donde se cesa toda la actividad laboral para el trabajador. Mientras dure este ERTE, el trabajador no tiene obligación de trabajar y puede quedarse en casa; no hay obligación de ir a su puesto de trabajo. La empresa tampoco tiene obligación en pagar al trabajador que está en ERTE; en este caso y situación, es el SEPE (Servicio Público de Empleo) quien pagará al trabajador.

ERTE de reducción de jornada

En este caso de ERTE, el trabajador continua con la actividad en la empresa pero con un menor número de horas; existe una reducción de la jornada pactada dentro de este ERTE. La empresa continuará pagando al trabajador por las horas reales y efectivas de actividad; el resto de las horas reducidas irán a cargo del SEPE.

¿Cuánto se cobra en un ERTE de suspensión?

Si estas afectado por este tipo de ERTE, cuando el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) haya reconocido tu prestación, desde el SEPE te pagarán el 70% de la base reguladora. Esta base reguladora se calcula como la media de las bases de cotización (este concepto lo puedes ver en tu nómina como cotización por contingencias profesionales o base de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional) de los últimos 6 meses cotizados y en el caso que no los tengas, del periodo de tiempo inmediatamente anterior a la fecha de inicio del ERTE. La realidad es que este porcentaje puede variar en función de cuanto se alargue el ERTE:

  • Se cobrará ese 70% de la base reguladora en los primeros seis meses de ERTE.
  • A partir del séptimo mes, se pasaría a cobrar el 50% de la base reguladora.

De forma simple, podríamos decir que cobrarás el 70% de tu sueldo bruto pero con un tope mínimo y máximo.

En los casos de un ERTE derivado por la causa de emergencia sanitaria del coronavirus, no existe requisito alguno de tener periodos mínimos de cotización previa; simplemente debes estar de alta o asegurado el día anterior al ERTE.

Ejemplo para calcular la prestación por ERTE

Lo primero es consultar tus nóminas de los últimos 6 meses y buscar alguno de estos dos conceptos:

  • Cotización por contingencias profesionales.
  • Base de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

Estos conceptos tienen un valor económico, pongamos que tienen un valor de 1.080 euros para una jornada completa. Ahora calcularemos la media en los seis meses al día paras encontrar la base reguladora, para esto realizaremos el siguiente cálculo:

  • Paso1: Multiplicamos 1.080 euros x 6 meses con el resultado de 6.480 euros.
  • Paso2: Estos 6.480 euros los dividimos ahora por 180 días y tenemos el resultado de 36 euros al día de base reguladora.

Estos 36 euros al día es la media que para este ejemplo se ha cobrado por día en los últimos 6 meses.

Luego, desde el SEPE te pagarán el 70% de este importe, de la base reguladora diaria. En este ejemplo, tu prestación sería de 25,20 euros al día (70% de 36 euros); unos 756 euros al mes brutos. El SEPE siempre paga a mes vencido. A este importe mensual, debes además quitarle la aportación a la cotización de la Seguridad Social y la retención IRPF correspondiente; aproximadamente unos 50,76€.

Mínimos y máximos en la prestación por la prestación por ERTE

Este importe mínimo y máximo que el trabajado puede cobrar varían si el trabajador tiene hijos o no, así como el numero de ellos. Estos límites son los contemplados para la prestación de desempleo en situación de ERTE suspendido y con contratos de trabajo a jornada completa.

Prestación por ERTE Sin hijos Con un hijo hijo Con dos o más hijos
Mínimo 501,98 € 671,40 €
Máximo 1.098,09 € 1.254,96 € 1.411,83 €

Para los casos de contratos de trabajo a tiempo parcial en ERTE suspendido, estos límites deben ser calculados de nuevo en función del porcentaje de jornada real que realizan en la empresa.

En el caso, sobre todo que tenga familia a cargo, es importante revisar que el SEPE esta calculando los importes en función del número de hijos que tiene.

¿Cuánto se cobra en un ERTE de reducción de jornada?

En este caso, la afectación al trabajador es que deja de trabajar parte de su jornada real; o bien hay una reducción de horas al día o menos días al mes. En este tipo de ERTE, la parte de horas o días en que el trabajador esta con actividad en la empresa, sigue siendo la empresa quien abonará el salario de ese tiempo empleado, mientras que las horas de ERTE o días laborables establecidos en el ERTE, será el SEPE quien las pague.

En este caso, el SEPE, una vez reconocida la prestación, te pagarán el 70% de la base reguladora sobre las horas o días bajo esta situación de ERTE. 

Ejemplo para calcular la prestación por ERTE de reducción

Supongamos que nos reducen en 2 horas nuestra jornada de trabajo a tiempo completo. Queremos ahora calcular nuestra base reguladora por horas para conocer el importe donde aplicaremos ese 70%. Lo primero será consultar tus nóminas de los últimos 6 meses y buscar alguno de estos dos conceptos:

  • Cotización por contingencias profesionales.
  • Base de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

Estos conceptos tienen un valor económico, supongamos que tienen un valor de 1.200 euros en jornada completa. Ahora calcularemos la media en los seis meses al día paras encontrar la base reguladora por horas, para esto realizaremos el siguiente cálculo:

  • Paso1: Multiplicamos 1.200 euros x 6 meses con el resultado de 7.200 euros.
  • Paso2: Estos 7.200 euros los dividimos ahora por 180 días y tenemos el resultado de 40 euros al día de base reguladora.
  • Paso3: los 40 euros al día los dividiremos por las 8 horas l día de actividad laboral y el resultado es de 5 euros cada hora.

Estos 5 euros por hora de trabajo, es la media que para este ejemplo que se ha cobrado en los últimos 6 meses.

Luego, desde el SEPE te pagarán el 70% de ese importe (5 euros) para cada hora de ERTE que tengas establecido. Como hemos puesto el ejemplo de reducir 2 horas diarias en concepto de ERTE, la prestación que cobrarás será de multiplicar el 70% de esas 2 horas por los 5 euros la hora que tiene como resultado los 7 euros al día (que son 210 euros al mes por el ERTE). A este importe mensual, debes además quitarle la aportación a la cotización de la Seguridad Social y la retención IRPF correspondiente; aproximadamente unos 14,10€.

Mínimos y máximos en la prestación por la prestación por ERTE en reducción

La tabla que habíamos visto en el anterior punto de ERTE suspendido; aplicaría en este pero habría que ajustarse los importes para este caso de ERTE de jornada de forma proporcional a la reducción. Así por ejemplo, si reducimos la jornada en un 25%, a los importes mínimos y máximos que habíamos visto, deben aplicarse este minoración porcentual.

¿Qué diferencia hay en los ERTEs derivados por la crisis sanitario del coronavirus?

Durante la situación de emergencia sanitaria, el Gobierno fijo una serie de medidas excepcionales para aplicar un ERTE con objetivo de agilizar y flexibilizar los requisitos. De alguna manera se identificaron los motivos para justificar el ERTE, por ejemplo:

  • Cancelaciones de actividades.
  • Restricciones en la movilidad.
  • Situaciones de contagio masivo en la plantilla.
  • Cierre de establecimientos.

Además, existen ventajas para los trabajadores a diferencia en un ERTE habitual (no amparado por la crisis del Covid19). Por ejemplo:

  • No será necesario tener un tiempo mínimo de cotización para aplicarlo (en un ERTE normal se pide un mínimo de 360 días de cotización al trabajador en los últimos 6 meses).
  • El cobro de esta prestación de ERTE no computará a la hora de consumir periodos máximos de prestaciones o ayudas. Si vives en Cataluña, y estas afectado por la regulación de empleo temporal, consulta si puedes acceder a ayudas económicas por ERTE en Cataluña.
  • Los trabajadores no son dados de baja en la Seguridad Social y la empresa puede estar exonerada del pago de las cotizaciones.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández