¿Tienes que dar de alta a un beneficiario en la Seguridad Social? Aquí encontrarás cómo y los pasos para poder dar de alta a un nuevo beneficiario en la Seguridad Social y tener así derecho a la asistencia sanitaria pública.
La Seguridad Social reconoce y te da derecho a la asistencia sanitaria para los asegurados, trabajadores, pensionistas, perceptores de prestaciones por desempleo, etc., así como a sus familiares y asimilados, los beneficiarios.
¿Quién puede dar de alta un beneficiario en la Seguridad Social?
Cualquier persona que esté cotizando y asegurada por la Seguridad Social puede solicitar el alta de algún nuevo beneficiario, si este está en alguna de estas situaciones:
- Si es el cónyuge de la persona asegurada o vive con ella en una relación, constituyendo una pareja de hecho.
- Si se trata de un ex cónyuge o persona separada judicialmente si tiene derecho a percepción de una pensión compensatoria por parte de la persona asegurada.
- En el caso que se trata de descendientes o persona asimilada a éste, de la persona asegurada o de su cónyuge (aunque esté separado judicialmente) y sea menor de 26 años. En el caso que tenga alguna discapacidad de un grado igual o mayor al 65% no se tendrá en cuenta la edad.
Si quieres más detalle e información sobre los asegurados, beneficiarios, situaciones protegidas, requisitos; puedes acceder a aquí.
¿Cómo dar de alta a un beneficiario?
Puedes realizar este trámite con el INSS desde internet o de forma presencial.
- Desde el portal web de la Seguridad Social o sección de «Tu Seguridad Social» y accediendo a través del sistema Cl@ve o bien con un certificado digital. Te dejamos aquí el enlace a Tu Seguridad Social.
- También puedes acercarte a una de las oficinas de atención de la Seguridad Social. Si prefieres este canal de relación, debes saber que tienes que pedir antes cita previa con estas oficinas.
- Pueden hacer el trámite también por correo ordinario, enviando la solicitud a la Dirección Provincial del INSS que te corresponda. Aquí tienes el detalle de todas las oficinas de la Seguridad Social.
- En el caso que no tengas un certificado digital, puedes usar la plataforma para trámites sin certificado del INSS.
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