Ayudas al Alquiler en Extremadura

¿Vives en Extremadura y tienes dificultades o no puedes pagar el alquiler? La Junta de Extremadura vuelve a convocar programas de ayudas al alquiler para personas o familias con pocos recursos económicos.

Desde el 15 de octubre, se han convocado nuevas ayudas para el alquiler para los años 2022 y 23.

Actualizado:

Ayudas alquiler en Extremadura

Ayudas para el alquiler en Extremadura

Desde el gobierno de Extremadura, hay una nueva línea de ayudas o subvenciones para el alquiler destinado a personas especialmente vulnerables e incluido dentro del anterior Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Se trata de unas ayudas cuyo plazo de presentación de solicitudes va del 15 de octubre de 2022 hasta el 16 de octubre de 2023.

Se trata de un programa que tiene por objetivo el facilitar el acceso a una vivienda o habitación en alquiler o cesión de uso para el colectivo de personas con pocos medios económicos.

Requisitos para solicitar la ayuda al alquiler

Estos son los requisitos que debes cumplir:

  1. Ser mayor de edad y nacionalidad española o residencia legal en España.
  2. Tener unos ingresos por debajo de 3 veces el IPREM.
    • El umbral será de 4 veces el IPREM en el caso de familia numerosa de categoría general o personas con discapacidad o ser víctima de terrorismo.
    • Podría estar en 5 veces el IPREM para las familias numerosas de categoría especial o personas con una discapacidad igual o superior al 33 por 100.
    • Para los casos de alquiler de una habitación, sólo se considerarán las rentas de la persona arrendataria o cesionaria.
  3. La suma de todos los ingresos anuales brutos de las personas de la unidad de convivencia sea igual o superior al importe del precio de arrendamiento o cesión.
  4. El precio del arrendamiento o cesión de la vivienda no puede superar:
    • Los 600 euros mensuales en el caso de una vivienda.
    • Los 300 euros al mes en el caso de una habitación.
  5. Reunir los requisitos para la condición de beneficiario y no haber experimentado, por incumplimiento o causa imputable, la revocación de otras ayudas estatales de vivienda en Extremadura.
  6. No estar en posesión de otras viviendas en España.
  7. No tener parentesco con el arrendador de la vivienda o habitación.
  8. Ser el titular, de un contrato de arrendamiento de una vivienda en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que sea anterior a la solicitud.
  9. Tener la condición de persona especialmente vulnerable. Se trata de estos supuestos:
    • Personas víctima de violencia de género, que hayan sido objeto de desahucio de su vivienda habitual o
      personas sin hogar, que, con anterioridad a la convocatoria, tenga reconocida dicha condición mediante
      informe social de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
    • Aquellas personas que antes de la convocatoria se hallaren incluidas en los informes
      municipales acreditativos del cumplimiento del Decreto 115/2006, de 27 de junio, que hubieren sido
      aportados –antes de la convocatoria- a los procedimientos de concesión de la ayuda complementaria
      al alquiler regulada en el Decreto 92/2018, de 19 de junio.
  10. No tener una adjudicación de una vivienda de promoción pública.
  11. Destinar esta vivienda alquilada a la residencia habitual y permanente.

Documentación necesaria

Estos son los documentos que te solicitan:

  • Una copia del contrato de arrendamiento de vivienda habitual en vigor.
  • Certificado o volante colectivo histórico de empadronamiento.
  • Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros del núcleo de convivencia y, en su caso, copia del documento público que acredite la imposibilidad de ocupar la vivienda de que sean titulares las personas solicitantes.
  • Copia del certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea o copia del documento oficial de acreditación de la situación de estancia o residencia legal en España.
  • Modelo normalizado de Alta de Terceros.
  • Otra información de renta se consultarán con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Ayuda o subvención al alquiler

En este caso, la cuantía de la ayuda será del 50% del importe mensual de la renta que figure en el contrato de alquiler, con un máximo de 300 euros. La duración establecida de este plan inicial es de dos años; desde el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023.

Los solicitantes de esta ayuda pueden solicitar las facturas de las mensualidades, debidamente justificadas desde la fecha del 1 de enero de 2022. En el caso de concederse la ayuda, habrá un primer pago de la cuantía debidamente justificada y a partir de allí, antes del día 20 de los meses de junio y diciembre, se verificarán los pagos de las mensualidades justificadas de esos periodos semestrales.

Solicitar esta ayuda al alquiler en Extremadura

Si quieres solicitar esta ayuda para el alquiler, te facilitamos aquí el detalle del documento normalizado de solicitud:

Para más información y trámite en línea, accede a este enlace de la Junta:

Bono joven de alquiler o Ayudas al alquiler a jóvenes

Desde el gobierno central se ha presentado y tramitado el nuevo Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 que incluye ayudas al bono joven al alquiler. Estas ayudas son gestionadas por la Comunidad Autónoma y tiene establecido un importe económico de ayuda de 250 euros a jóvenes de entre 18 y 35 años y con unos ingresos menores a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de forma general.

Desde el día 15 de julio de 2022, ya se puede solicitar esta ayuda de Bono Joven al Alquiler desde la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura. Tienes el plazo de un año a partir de este día 15 para presentar la solicitud, aunque te recomendamos que lo hagas cuanto antes. Puedes consultar este enlace para más detalle o información.

Ayudas económicas para el alquiler de la vivienda habitual por el Covid-19

Se trata de una nueva convocatoria de ayudas al alquiler para unidades familiares o personas que se han visto afectadas por la crisis sanitaria que deriva en restricciones de movilidad, trabajo, etc. Son unas ayudas directas con un máximo de 600 euros mensuales y con una duración máxima de seis meses.

Esta ya será la segunda convocatoria de estas ayudas, la primera fue el 2020. Estas nuevas ayudas pretenden cubrir el periodo de octubre 2020 a junio 2021, para aquellas personas con dificultad en el pago del alquiler en este periodo.

¿Quiénes serían los beneficiarios de esta ayuda?

Personas o unidades familiares que estén en régimen de alquiler de su vivienda habitual y en una situación sobre venida por la crisis del COVID-19 y que no puedan hacer frente al pago de las cuotas de alquiler. Existen pero, una serie de requisitos.

Requisitos para pedir la ayuda al alquiler en Extremadura

  • Tener la residencia habitual en Extremadura y como arrendatarios de esta vivienda.
  • Ser titular de un contrato de alquiler para esta vivienda habitual y al corriente de los pagos de la renta mensual hasta el momento de la solicitud.
  • Debes estar en alguna de estas situaciones de vulnerabilidad económica y social sobrevenida:
    • En situación de desempleo o estar afectado por un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo). Si es el caso, te pueden pedir presentar un certificado de la empresa gestora de las prestaciones o subsidios por desempleo. Si el titular es un empresario con una actividad de apertura de un local al público, debe demostrar una bajada de más del 40% en los ingresos en 2020, respecto el año anterior; debido al cierre del local, etc.
    • Si tu jornada laboral se ha reducido; con lo que tienes una bajada en los ingresos.
    • Si como autónomo has cesado la actividad.
  • La cuota mensual máxima del alquiler no puede superar los 600 euros.
  • Los límites de ingresos del solicitante son de:
    • En general, debes tener unos ingresos inferiores a tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples); por debajo de unos 1.613 euros brutos.
    • Si hay algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%, con dependencia o con incapacidad permanente laboral; los ingresos deben estar por debajo de los 2.151 euros (4 veces IPREM).
    • Si alguno de los miembros tiene una discapacidad severa, física o psíquica; el límite de ingresos puede llegar a cinco veces el IPREM (unos 2.689 euros).
    • Además de esos límites, se pueden aumentar en función de:
      • Por cada hijo a cargo o persona mayor de 65 años a cargo, se incrementaría en 0,1 veces el IPREM.
      • Y hasta 0,15 veces el IPREM para hijos a cargo en familias monoparentales.
  • La cuota o renta de alquiler, incluyendo los gastos de suministros básicos; luz, agua, etc., debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.
  • Ninguna de las personas de la unidad familiar debe ser propietario de alguna otra vivienda en España.
  • No debe existir parentesco alguno con el arrendatario.
  • La vivienda alquilada, debe ser la habitual; demostrado con el certificado de empadronamiento.
  • Estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (INSS).

Cuantía económica de la ayuda

La ayuda cubrirá el 100% de la cuota mensual del alquiler durante 6 meses.

¿Dónde se publicará la ayuda al alquiler a personas afectadas por el COVID en Extremadura?

Esta nueva subvención se publicará próximamente en el portal de transparencia de la Junta de Extremadura.

También puedes llamar a alguno de estos teléfonos de información de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura:

Alquiler Social en Extremadura

Si tu situación de extrema necesidad, puedes consultar y ver si puedes acceder a alguna de las ayudas o programas de Alquiler Social. En este enlace te explicamos, con ámbito estatal, de que se trata y a qué colectivos ayuda.

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández