Renta Agraria 2024

¿Eres residente en Andalucía o Extremadura y trabajas de forma eventual en el sector agrario? Si es así, mira a ver si puedes acceder a esta prestación por desempleo. Esta ayuda económica del SEPE está destinada a personas de Andalucía y Extremadura que hayan agotado la prestación contributiva, el paro, y que sean trabajadores temporales dentro del SEASS.

Renta Agraria 2020

¿Qué es el Renta Agraria?

Es una prestación por desempleo a las personas trabajadoras eventuales y residentes en Andalucía y Extremadura que están incluidas en el Sistema Especial de trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS). Se trata de una prestación gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (En adelante, SEPE).

Es una ayuda regulada en el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril; siempre y cuando tengan cubierto en este Sistema Especial un mínimo de 35 jornadas reales cotizadas en los 12 meses anteriores a la situación de desempleo y reúnan los requisitos correspondientes. Dicho esto, para el 2020 y regulado en el Real Decreto-Ley 5/2020 existe la posibilidad de acceder a esta ayuda con sólo 20 jornadas reales cotizadas.

Requisitos para cobrar la Renta Agraria

Para acceder y cobrar esta prestación, es necesario cumplir una serie de requisitos. Te identificamos cuáles son:

  • Tener más de 10 años empadronado o empadronada y con residencia en localidades de Andalucía o Extremadura.
  • Ser trabajador eventual agrario por cuenta ajena.
  • Estar inscrito como demandante de empleo, antes y durante todo el periodo de percepción de la ayuda y comprometerte con la búsqueda activa de empleo.
  • En los últimos 3 años, no haber recibido ayudas por desempleo agrario.
  • Debes estar inscrito o inscrita en el censo del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social (SEASS) de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud. En los casos que sea mayor de 45 años; este tiempo se ve modificado, a lo largo de la vida laboral en:
    • De 45 a 51 años; mínimo de 5 años.
    • De 52 a 59 años; mínimo de 10 años.
    • De 60 o más años; mínimo de 20 años.
  • Estar al corriente de la cuota fija del SEASS.
  • Tener cotizados en el SEASS y en los últimos 12 meses anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales.
    • Entre el 27 de febrero y 31 de diciembre de 2020; estas jornadas se reducen a 20 jornadas reales.
  • No dispongas de rentas superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Qué y cuándo cobraré por esta prestación?

El importe económico a percibir varía en función del número de jornadas reales trabajadas y es un porcentaje del Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de carácter mensual. Así pues:

Número de jornadas reales Porcentaje sobre el IPREM
De 35 a 64 80% x IPREM (Consulta aquí la referencia mensual del IPREM)
De 65 a 94 85% x IPREM
De 95 a 124 91% x IPREM
De 125 a 154 96% x IPREM
De 155 a 179 101% x IPREM
Desde 180 107% x IPREM

Por otro lado, la duración de esta prestación depende de la edad que tengas, si tienes o no responsabilidades familiares en el momento de la solicitud y de las jornadas reales que hayas trabajado justo los 12 meses anteriores a la situación de desempleo; así, de esta manera tenemos:

Edad Sin Responsabilidades Familiares Con Responsabilidades Familiares
De 16 a 24 años 3, 4 días de renta/día trabajado, con un máx. de 180 días de derecho 180 días
De 25 a 51 años 180 días 180 días
De 52 o más años 300 días 300 días

La prestación se pagará justo el día siguiente que se cumplan 3 meses desde la fecha de solicitud, con la salvedad en que si durante ese plazo encuentras trabajo o participas en actividades de inserción laboral, en estos cosos, el pago se inicia justo el día siguiente en el que dejes de trabajar en ese primer trabajo o inicies esa actividad de inserción laboral.

¿Cuándo solicitar la Renta Agraria?

Si cumples los requisitos para acceder a esta ayuda como por ejemplo, ser de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de Extremadura y ya has finalizado los trabajos de jornalero y estás sin empleo, antes o en el mimo momento de la solicitud de la Renta Agraria debes inscribirte como demandante de empleo.

Además, debes tener en cuento esto; si es la primera vez que solicitas esta renta, puedes hacerlo en el mismo instante que estés desempleado. Si por el contrario, ya lo habías recibido antes, debes esperar 12 meses desde el inicio de la anterior renta para volver a solicitarlo.

¿Cómo solicitar la Renta Agraria?

En cuanto a cómo tramitarla; esta prestación está gestionada por el SEPE; luego, debes usar estos canales habilitados:

  • A través de la Oficina Virtual del SEPE; recuerda que puedes acceder a través de un certificado digital o DNI electrónico o bien usuario y contraseña obtenidas a través del sistema Cl@ve.
  • De forma presencial en las oficinas de la SEPE; debes gestionar una cita previa de forma anticipada.
  • Mediante la red de oficinas destinadas a registro público.
  • Otra opción es mediante correo administrativo.

El SEPE, una vez presentada la solicitud, debe resolverla en el plazo de 15 días y notificar el resultado de la misma en el plazo de 10 días de la fecha que se haya sido resuelta.

¿Qué documentación es necesaria para el trámite de la Renta Agraria?

Existe cierta documentación que debes tener preparada en cuanto solicites este subsidio:

  • Modelo oficial de solicitud de Renta Agraria.
  • Documentación de identidad de la persona solicitante y de los hijos e hijas que están a su cargo y que están reflejadas en la solicitud (sólo bastará con la exhibición del documento de identidad).
    • En el caso de ser Español; bastará con el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
    • En el caso de ser Comunitario (UE); documento identificativo del país de origen o bien el certificado de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea en el que consta el NIE junto con el pasaporte
    • En el caso de ser No Comunitario (fuera de la UE); tarjeta de identidad de extranjero o extranjera (TIE) y el pasaporte.
  • Documento bancario donde figure la cuenta bancaria y titularidad del solicitante de esta presentación.
  • Libro de familia o equivalente en el caso de los extranjeros o extranjeras.
  • En los casos de tener menores en acogida; resolución judicial o escrito de formalización de acogimiento donde quede constancia de este hecho y su fecha.
  • Sentencia y/o convenio regulado en los casos de separación o divorcio.
  • Otros documentos:
    • Justificante de ingresos obtenidos durante los 12 meses anteriores a la solicitud por el propio solicitante y los miembros de la unidad familiar que haga constar en la solicitud; ingresos derivados de actividades distintas a tareas agrícolas de carácter eventual.
    • Certificado de empresa o empresas con las que haya trabajado; con firma y sello.
    • Certificado de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en las que consten las jornadas trabajadas agrícolas y temporales fuera de nuestro país.
    • Certificado de los periodos en los que hayas estado incluido o incluida en el Padrón Municipal; emitido por el municipio de Andalucía o Extremadura que corresponda en cada caso.
Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández