Conoce el detalle de este tipo de despido; el disciplinario; las causas que pueden originarlo, los derechos del trabajador, etc. Siempre es complicado gestionar esta situación, con que lo mejor es conocer a que te expones y conocer todos tus derechos.
Como trabajadores tenemos nuestros derechos y obligaciones y mientras estamos en nuestra jornada de trabajo debemos cumplir con las normas. Siempre puede haber algún momento donde la empresa pueda sancionarnos en función de la falta o gravedad del hecho y según lo estipulen los convenios o el propio estatuto de los trabajadores. La sanción más grave o una reiteración puede llevarnos a vivir o ser causa de un despido disciplinario. Veamos todo el detalle de este.
¿Qué es un despido disciplinario?
Cuando como trabajador hay o se reitera un incumplimiento grave en el entorno laboral, la empresa puede tomar la decisión de presentar estas como causa de un despido disciplinario. Esto puede tener como fin finalizar o romper la relación laboral con el trabajador.
Por lo general, hay que indicar que antes de llegar a esta situación, la empresa o empresario acostumbran a advertir o sancionar con faltas más leves al trabajador como advertencia. Toda falta, sobre todo grave o muy grave debe ser comunicada por escrito; indicando los hechos o causas, fecha, etc.
Causas del despido disciplinario
Aquí pretendemos darte algunos de los motivos por los que la empresa puede justificar o pueden ser causa de una falta grave y por lo tanto iniciar el proceso de un despido disciplinario al trabajador:
- Cuando haya una reiteración de retrasos o faltas de asistencia injustificadas al puesto de trabajo.
- Desobediencia o indisciplina en el trabajo.
- Agresiones verbales o físicas a compañeros de trabajo, empresario o personas que convivan con ellos.
- Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el trabajo.
- Tener una notable minoración y voluntaria en el rendimiento de la actividad en el trabajo.
- Estar con efectos notorios de embriaguez o toxicomanía que afectan negativamente al trabajo.
- Acoso por razones raciales o étnicas, religiosas o discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Estas situaciones están reguladas por el estatuto de los trabajadores dentro del artículo 54 o incluso dentro del convenio colectivo si existiera.
Derechos del trabajador ante este tipo de despido
El trabajador ante un despido, siempre puede no estar conforme y llevar el mismo o denunciar a la empresa por este. En estos casos, será el tribunal quien finalmente decida sobre la calificación y validez del mismo; pudiendo declarar el mismo como procedente, improcedente o nulo. Para esto recuerda que tienes unos plazos fijos si no quieres perder este derecho de impugnar; veinte días hábiles desde la notificación del despido.
Otros derechos o consideraciones son:
- Tienes derecho a un finiquito; que la empresa te pague los días de trabajo hasta fin de contrato, vacaciones por disfrutar y pagas extras que no hayas cobrado, o la parte correspondiente de ellas.
- Por este tipo de despido, no hay indemnización alguna; es romper el contrato o relación con la empresa; a no ser que un tribunal hubiera declarado el despido como improcedente. En este caso la empresa puede decidir:
- Readmitirte; bajo las mismas condiciones que tenías.
- Pagarte una indemnización.
- Con el despido, tienes derecho a solicitar tu prestación por desempleo; la que te corresponda; cobrar el paro si has cotizado lo suficiente o ver otras ayudas por desempleo.
Tipos de despido disciplinarios: procedente, improcedente o nulo
Al igual que pasa en otro tipo de despidos, el afectado o trabajador siempre puede apelar a la justicia si creo que no es justificado o hay razones que pueden poner en duda la legalidad del despido. En estos casos, al final será un juez quién decida sobre el despido y pueda calificarlo como: procedente, improcedente o nulo. En resumen, esta catalogación tiene estas lecturas:
- Despido disciplinario procedente: Cuando los motivos esgrimidos y presentados por la empresa o empresario, tanto en el fondo como en la forma y tiempos de presentarlo son ciertos y el juez los ve así. En este caso, el despido se ejecuta de forma inmediata en las fechas que se habían comunicado sin ningún tipo de indemnización.
- Cuando el despido es calificado como improcedente: O la empresa no ha recogido las causas reales o son de suficiente peso para valorar la culpabilidad del trabajador en los hechos y acciones o bien que la empresa o empresario se ha saltado la forma de este trámite legal (no ha seguido los pasos que debía seguir). En este caso, el juez lo califica como improcedente y la empresa o empresario pueden seleccionar entre la reincorporación o bien proceder con el despido pero en este caso con indemnización correspondiente.
- Despido nulo: El juez puede ver indicios de un despido motivado por razones de genero, etnia, orientación sexual, religión, etc. En este caso, el despido no procede y el trabajador debe reincorporarse en el puesto de trabajo.
Consejos ante un despido laboral
Si por alguna razón la empresa está o ha despedido a personal, en este enlace te explicamos y damos una serie de consejos que pueden serte de utilidad para enfrentarte ante la situación de un despido laboral:
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