Subsidio por Mejoría de una Incapacidad – Guía completa de 2024

¿Has mejorado de tu grado de incapacidad en una de las revisiones permanentes? ¿Has pasado de situación de invalidez permanente absoluta o total para una profesión a un estadio de mejoría? ¿Has perdido tu pensión de incapacidad permanente?

Atención: A partir de junio de 2024, desaparece esta ayuda por mejoría de una incapacidad y deberán acojerse a los subsidios que existan o bien al Ingreso Mínimo Vital.

Actualizado:

Subsidio por mejora de incapacidad

Si el resultado de las revisiones es favorable a una cierta mejoría en el grado de invalidez o declaradas plenamente capaces, mírate el siguiente detalle para poder acceder al subsidio por mejor de una incapacidad.

¿Qué es el Subsidio por pérdida de pensión de incapacidad permanente?

Es un subsidio o ayuda destinada a las personas en edad de trabajar que sean declaradas capaces o declaradas con incapacidad con el grado permanente parcial a raíz de una revisión y habiendo dictaminado una mejoría de una situación inicial de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para su profesión habitual.

Esta revisión de un tribunal médico, si el resultado de la misma es una mejora que te habilite de nuevo a trabajar de forma completa o parcial, y tu no estás conforme, puedes reclamar oposición primero en vía administrativa y luego en vía judicial si lo estimas oportuno.

Este subsidio o ayuda es gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante, SEPE).

Requisitos para acceder al subsidio de Mejoría de una Incapacidad

Para el trámite y acceso a este subsidio, debes cumplir una serie de requisitos en el momento del trámite:

  • Estar en una situación de desempleo y haber sido declarado o declarada capacitada para trabajar, después y como resultado de una revisión de un tribunal médico.
  • Inscrito o inscrita como demandante de empleo en el plazo de 1 mes después de la resolución del expediente y permanecer en esa situación 1 mes completo y obviamente, comprometerse en la búsqueda activa de empleo.
  • No rechazar oferta de trabajo adecuada, ni rechazar participar en actividades ayuden a una mejor y rápida inserción laboral.
  • No tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En el caso que la persona sea igual o mayor de 52 años y cumpla los requisitos del subsidio para personas mayores de 52 años, recibiría este último.

¿Qué y cuando cobraré por esta ayuda?

El importe económico de esta ayuda de carácter mensual es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Consulta aquí el valor del IPREM para este año).

La duración de esta ayuda es de 6 meses, prorrogables hasta los 18 meses; siempre que se solicite.

El importe mensual de esta ayuda se abonará en la cuenta bancaria del beneficiario entre los días 10 y 15 del mes vencido.

¿Cuándo y cómo solicitar el Subsidio de Mejoría de una Incapacidad?

Para solicitar esta ayuda, primero debes estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y pasado 1 mes, se dispone luego, de un plazo de 15 días para solicitar esta prestación. Luego, este subsidio nace justo al día siguiente de haber transcurrido ese mes; estando inscrito o inscrita como demandante de empleo.

Como pasa con el resto de subsidios, estos son los canales habilitados para su tramitación:

  • A través de la oficina internet del SEPE; recuerda que puedes acceder a través de un certificado electrónico o DNI electrónico o bien usuario y contraseña obtenidas a través del sistema Cl@ve.
  • De forma presencial en las oficinas de la SEPE; debes gestionar una cita previa de forma anticipada.

¿Qué documentación es necesaria para el trámite de esta ayuda?

La documentación que debes tener preparada en el momento de la solicitud es:

  • Fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.
  • Documentación de identidad de la persona solicitante.
    • En el caso de ser Español; bastará con el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
    • En el caso de ser Comunitario (UE); documento identificativo del país de origen o bien el certificado de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea en el que consta el NIE junto con el pasaporte
    • En el caso de ser No Comunitario (fuera de la UE); tarjeta de identidad de extranjero o extranjera (TIE) y el pasaporte.
  • Documento bancario donde figure la cuenta bancaria y titularidad del solicitante de esta presentación.
  • Si la entidad gestora del trámite lo requiere, justificante de rentas.

Renovación del subsidio por mejoría de una incapacidad

Aquí te explicamos cómo y de qué manera debes renovar, si es el caso y siempre que cumplas con los requisitos, este subsidio. Pincha en el siguiente enlace:

Redactora especializada en temas de ayudas, prestaciones y formación en Infogob

Persona joven y muy dinámica, creativa y abierta a nuevas formas de comunicación social y divulgación. Flexible, responsable y con gran capacidad de trabajo en equipo aportando ideas e ilusión. Muy buena predisposición y gestión en las relaciones sociales y personales. Disponibilidad para viajar y fácil adaptación a otros entornos.


Titulada en Educación Social por la Universitat Autònoma de Barcelona, con interés en la Comunicación Digital en lo todos los temas asociados y referidos a la divulgación de temas formativos, cursos, ayudas y prestaciones sociales para minimizar la brecha social, etc.




Anna Rodríguez Fernández